BASES DEL CONCURSO PÚBLICO Nº MTC/28 OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES DEL SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN A NIVEL NACIONAL

Concurso Radiodifusión FM: Bases

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Ministerio De Transportes Y Comunicaciones

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Ministerio De Transportes Y Comunicaciones

Tipo de documento Bases De Concurso Público
Idioma Spanish
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Resumen

I.Cronograma y Publicación del Concurso Público Nº 02 2016 MTC 28

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) anuncia el Concurso Público para la asignación de frecuencias de radio y autorizaciones de radiodifusión. El cronograma se publica en la página web del MTC (www.mtc.gob.pe) y en el Diario Oficial “El Peruano”, así como en un diario de circulación nacional y uno local. Cualquier modificación al cronograma será publicada en la página web del MTC, notificando a los postores con al menos cinco días hábiles de anticipación. Los costos de publicación están a cargo de la Dirección General.

1.1 Publicación del Cronograma y Aviso del Concurso Público

El cronograma del Concurso Público Nº 02-2016-MTC/28 para la asignación de frecuencias de radio se publica en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC): www.mtc.gob.pe. Además de esta publicación online, se requiere una difusión adicional a través de un aviso publicado por dos días consecutivos en el Diario Oficial “El Peruano”, un diario de circulación nacional, y un diario local de la provincia o departamento donde se ubica la localidad en concurso. Es importante destacar que esta publicación en medios impresos no modifica el cronograma establecido en la web del MTC. La transparencia y accesibilidad de la información son claves en este proceso. El objetivo de esta doble publicación es asegurar una amplia divulgación del concurso, garantizando que un mayor número de potenciales postores tengan conocimiento de las oportunidades de participación. Esta estrategia de comunicación busca maximizar la participación y la competencia justa en el proceso de adjudicación de las frecuencias de radio.

1.2 Modificaciones al Cronograma

El Comité organizador del Concurso Público se reserva el derecho de modificar las fechas inicialmente señaladas en el cronograma. Estas modificaciones, sin embargo, deben ser comunicadas a través de una publicación actualizada en la página web del MTC (www.mtc.gob.pe). Esta publicación online actúa como notificación oficial para todos los postores, garantizando que estén informados de cualquier cambio con al menos cinco días hábiles de anticipación a la fecha originalmente establecida. La publicación en la página web del MTC se considera la notificación oficial, asegurando transparencia y evitando posibles controversias por falta de información. La puntualidad en la notificación de estas modificaciones es esencial para el correcto desarrollo del concurso. El objetivo es mantener la integridad del proceso y asegurar que todos los participantes tengan la misma oportunidad de participar. El costo de las publicaciones, tanto en línea como en medios impresos, es responsabilidad de la Dirección General del MTC.

II.Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas

Un comité de cinco miembros (designados según Resolución Viceministerial Nº 353-2016-MTC/03 y sus modificaciones) se encarga de la recepción, evaluación y calificación de las propuestas. El comité evalúa la documentación, verifica el cumplimiento de requisitos (incluyendo la Carta Fianza), y resuelve las impugnaciones. El quórum para sesionar es de tres miembros, incluyendo al presidente o su alterno. Las decisiones se toman por mayoría simple y se registran en actas.

2.1 Composición y Designación del Comité

El Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas está integrado por cinco miembros titulares, nombrados mediante la Resolución Viceministerial Nº 353-2016-MTC/03, modificada posteriormente por las Resoluciones Viceministeriales N°s 704, 1030, 1299 y 1466-2016-MTC/03. Este comité juega un papel fundamental en la evaluación del concurso público, garantizando la transparencia y la objetividad del proceso. La existencia de miembros alternos permite asegurar la continuidad del trabajo del comité, incluso en caso de ausencia de algún miembro titular. La designación del comité a través de resoluciones viceministeriales le otorga la legitimidad y el respaldo institucional necesario para llevar a cabo sus funciones. La conformación del comité con miembros con experiencia y conocimiento en el área de radiodifusión es crucial para una evaluación eficaz y justa de las propuestas.

2.2 Funciones del Comité

El Comité es responsable de la recepción, evaluación y calificación de las propuestas presentadas al concurso público. Sus funciones incluyen la verificación del cumplimiento de todos los requisitos establecidos en las bases del concurso. Entre sus responsabilidades destaca la verificación de la documentación entregada por los postores, incluyendo la validación de la Carta Fianza y otros documentos cruciales. El comité además gestiona la resolución de impugnaciones y controversias que puedan surgir durante el proceso. Para asegurar la transparencia y la equidad del proceso, todas las decisiones del comité se registran en actas. Estas actas reflejan no solo las decisiones mayoritarias, sino también las opiniones disidentes y su justificación. En el caso del Acto Público Único, el acta es levantada por un notario público, garantizando la legalidad y la validez de los procedimientos.

2.3 Funcionamiento y Quórum

El Comité requiere un quórum mínimo de tres miembros para sesionar, siendo obligatorio que uno de ellos sea el Presidente o su alterno, ambos designados en la resolución viceministerial pertinente. Este requisito de quórum asegura la legitimidad y la validez de las decisiones tomadas por el comité. Las decisiones se toman por mayoría simple y se registran en un acta oficial. Las decisiones del comité son vinculantes para el desarrollo del concurso público. El comité finaliza sus funciones una vez que la adjudicación de la Buena Pro queda firme o consentida administrativamente, según lo establecido en las bases del concurso. Este proceso asegura un cierre formal y ordenado del concurso, una vez concluida la etapa de evaluación y adjudicación.

III.Tipos de Radiodifusión y Requisitos

El concurso contempla diferentes tipos de radiodifusión: comercial y comunitaria. Los postores deben presentar un proyecto de comunicación que defina claramente el tipo de servicio. Se especifican criterios para evaluar si se trata de radiodifusión comercial o radiodifusión comunitaria, basándose en el porcentaje de tiempo dedicado a entretenimiento, información, y el fomento de la identidad cultural.

3.1 Definición de Radiodifusión Comercial

El documento define la radiodifusión comercial como aquella cuyo servicio de programación está principalmente destinado al entretenimiento y la recreación del público. También incluye la transmisión de información noticiosa y de orientación a la comunidad. Se enfatiza que debe enmarcarse dentro de los fines y principios que rigen el servicio de radiodifusión. Esta definición es crucial para la evaluación de las propuestas presentadas en el concurso público, ya que determina los criterios que se usarán para clasificar los proyectos como 'comerciales'. La claridad en esta definición busca evitar ambigüedades y asegurar una evaluación justa y objetiva de las propuestas de radiodifusión comercial. La ponderación del contenido de entretenimiento, información y orientación comunitaria permite al comité evaluar la alineación del proyecto con la categoría definida, asegurando que se otorgue la clasificación correcta a cada propuesta.

3.2 Definición de Radiodifusión Comunitaria

La radiodifusión comunitaria se caracteriza por tener sus estaciones ubicadas en comunidades campesinas, nativas, indígenas, áreas rurales o lugares de preferente interés social. Su programación se centra en fomentar la identidad y costumbres de la comunidad a la que sirve, contribuyendo al fortalecimiento de la integración nacional. Esta definición precisa el enfoque social y cultural de este tipo de radiodifusión. La ubicación geográfica de la estación es un elemento determinante en esta clasificación. La prioridad en la programación de la identidad cultural y las costumbres locales marca una diferencia significativa con la radiodifusión comercial, destacando su papel en la cohesión social y el desarrollo local. Esta diferenciación es clave en el concurso para la asignación equitativa de frecuencias y para promover la diversidad en la programación radial del país.

3.3 Criterios de Evaluación para la Clasificación

Para determinar si un servicio de radiodifusión se considera comercial o comunitario, se establece un criterio cuantitativo basado en el tiempo de transmisión dedicado a diferentes tipos de programación. Para la radiodifusión comercial, se requiere que más de la mitad de las horas de transmisión (tanto de lunes a viernes como los fines de semana) estén dedicadas a entretenimiento, información, opinión o música. La música se considera educativa si se combina con cultura o se especifica en las notas adicionales la transmisión de música clásica, ópera, opereta o folclore. En el caso de la radiodifusión comunitaria, más de la mitad del tiempo de transmisión debe estar dedicado a fomentar la identidad y las costumbres de la comunidad. Estos criterios específicos buscan establecer una evaluación objetiva y transparente para la correcta clasificación de los proyectos de radiodifusión, evitando ambigüedades y asegurando la equidad en el concurso.

IV.Presentación de Documentos y Sobres

Los postores deben presentar sus propuestas en sobres numerados. El Sobre Nº 1 contiene información general. El Sobre Nº 2 incluye la Carta Fianza, emitida por una entidad autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros, y otros documentos según se trate de persona natural (formatos RPN-5, RPN-6, RPN-9) o jurídica (RPJ-5, RPJ-6, RPJ-7, RPJ-10). El Sobre Nº 4 contiene la propuesta económica en caso de empate. Todos los documentos deben estar completos y sin errores.

4.1 Sistema de Sobres para la Presentación de Documentos

La presentación de documentos para el concurso se realiza mediante un sistema de sobres numerados. Se requiere un único Sobre Nº 1, mientras que la cantidad de Sobres Nº 2, 3 y 4 depende del número de localidades y bandas de frecuencia a las que se postula. Cada sobre contendrá la documentación específica detallada en las bases del concurso. Esta organización busca asegurar la correcta presentación de todos los documentos requeridos para participar en el concurso. La exigencia de originalidad y la prohibición de borrones o enmendaduras en la documentación busca garantizar la autenticidad y la legibilidad de los documentos presentados. La presentación ordenada de los documentos en cada sobre, siguiendo la secuencia establecida en las bases, facilita la labor de evaluación del comité. La metodología asegura una gestión ordenada y eficiente de los documentos recibidos.

4.2 Contenido del Sobre Nº 2 Documentación Obligatoria

El Sobre Nº 2 es crucial, ya que contiene la documentación principal para la evaluación de las propuestas. Para personas naturales, se exigen los formatos RPN-5, RPN-6 y RPN-9. Para personas jurídicas, se requieren los formatos RPJ-5, RPJ-6, RPJ-7 y RPJ-10. Adicionalmente, todos los postores deben presentar obligatoriamente una Carta Fianza. La Carta Fianza debe ser emitida por una entidad autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros, y debe estar a nombre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Los requisitos de la Carta Fianza se detallan en el numeral 14 de las Bases. El cumplimiento de estos requisitos es indispensable para que la propuesta sea considerada válida. La falta de alguno de estos documentos puede resultar en la descalificación del postor. La presentación de toda la documentación en el Sobre Nº 2 es condición sine qua non para la participación en el concurso.

4.3 Contenido del Sobre Nº 4 Propuesta Económica en Caso de Empate

El Sobre Nº 4 contiene la propuesta económica alternativa que se utilizará en caso de empate entre dos o más postores. Esta propuesta debe indicar claramente el monto en nuevos soles, en cantidades enteras sin decimales y expresado tanto en cifras como en letras. La especificación de la localidad y banda de frecuencia a la que se postula también es obligatoria en este sobre, utilizando el formato PE-E. En caso de discrepancia entre el monto en cifras y letras, prevalecerá lo indicado en letras. La inclusión de esta propuesta en un sobre separado garantiza la transparencia y la claridad en el proceso de desempate. Se busca prevenir confusiones y garantizar que la decisión final se tome en base a la información correcta y de manera objetiva, evitando cualquier posible manipulación de datos.

V.Evaluación de Postores y Adjudicación de la Buena Pro

El comité evalúa las propuestas, publicando en la página web del MTC el Acta de Evaluación con la lista de postores aptos y observados. Los postores observados tienen un plazo para subsanar las observaciones. Se otorga puntaje por antigüedad en solicitudes anteriores, exceptuando las denegadas o abandonadas, a menos que la denegación se deba a la exigencia del Concurso Público. El postor con la Buena Pro debe cumplir con diversas obligaciones, incluyendo el pago del derecho de autorización y la presentación de documentación adicional. Los resultados del concurso y la adjudicación de la Buena Pro se publicarán en la página web del MTC y en el Diario Oficial “El Peruano”.

5.1 Evaluación de Postores y Propuestas

Una vez recibidos los sobres, el Comité procede a la apertura y evaluación de las propuestas, siguiendo un cronograma establecido. Se verifica que los sobres contengan toda la documentación exigida en las bases del concurso, según se trate de persona natural o jurídica. El Comité revisa la integridad y la correcta presentación de los documentos, rechazando aquellos con errores, borrones o enmendaduras, salvo en los casos que no corresponda completar un campo del formulario. Se evalúa el cumplimiento de los requisitos para determinar si los postores son aptos u observados. En caso de observaciones, se notifica a los postores, quienes tienen un plazo para subsanar las deficiencias. La publicación del Acta de Evaluación en la página web del MTC (www.mtc.gob.pe) permite la transparencia del proceso. En dicha acta se detalla la lista de postores aptos y observados, con las observaciones específicas para cada caso, en caso de ser necesario. Este proceso transparente fomenta la equidad y la confiabilidad del concurso.

5.2 Adjudicación de la Buena Pro y Publicación de Resultados

Tras la evaluación, se adjudica la Buena Pro al postor que cumpla con todos los requisitos y obtenga la mejor puntuación. En caso de impugnaciones, el Comité las resuelve, y los resultados se publican posteriormente. Si no hay impugnaciones, la lista de ganadores de la Buena Pro, incluyendo las bandas de frecuencia y localidades adjudicadas, se publica en la página web del MTC y, una sola vez, en el Diario Oficial “El Peruano” y un diario de circulación nacional. La publicación en la página web del MTC asegura un acceso inmediato a la información para todos los interesados, fomentando la transparencia del proceso de adjudicación. La publicación adicional en medios impresos amplía el alcance de la divulgación de los resultados del concurso. Esta doble publicación garantiza la difusión efectiva de los resultados para todos los participantes y el público en general.

5.3 Obligaciones de los Adjudicatarios

Los adjudicatarios de la Buena Pro tienen varias obligaciones que deben cumplir. Dentro de un plazo improrrogable de sesenta (60) días hábiles tras el requerimiento de la Dirección General, deben efectuar el pago correspondiente al Derecho de Autorización. Además, deben presentar una solicitud simple indicando la obtención de la Buena Pro, su domicilio para notificaciones, y la documentación requerida. Esta documentación puede incluir constancias de conformidad de la autoridad competente para la instalación de la planta transmisora, dependiendo de su ubicación, y otros documentos que acrediten el cumplimiento de las condiciones establecidas en el concurso. El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear penalizaciones, según lo establecido en el numeral 23 de las Bases. El cumplimiento de todas las obligaciones es condición necesaria para la obtención definitiva de la autorización de radiodifusión.

VI.Impedimentos y Restricciones

Se establecen impedimentos para solicitar la autorización, incluyendo funcionarios públicos y sus familiares. Existen restricciones para la ubicación de las plantas transmisoras, detalladas en el reglamento y las bases del concurso. Se definen las zonas de restricción y se indica la documentación necesaria para obtener las autorizaciones correspondientes. La ubicación de la planta transmisora debe cumplir con las normas establecidas en la Resolución Ministerial Nº 411-2005-MTC/03 y el artículo 87 del reglamento, incluyendo supuestos de excepción para instalación en perímetro urbano.

6.1 Impedimentos para Solicitar Autorización

El documento establece impedimentos para solicitar autorización para la prestación del servicio de radiodifusión, tanto por solicitud directa como por concurso público. Estas restricciones aplican al Presidente y Vicepresidentes de la República, Presidentes de las Regiones, Congresistas, Ministros de Estado y funcionarios de jerarquía similar, Viceministros, Magistrados de la Corte Suprema y Cortes Superiores (en sus respectivas jurisdicciones), el Fiscal de la Nación y Fiscales Supremos, Prefectos, miembros de organismos constitucionalmente autónomos, miembros de Consejos Directivos de organismos reguladores y organismos públicos descentralizados, alcaldes a título personal, miembros del Consejo Consultivo de Radio y Televisión y miembros del Directorio de empresas del Estado. Para funcionarios elegidos por procesos electorales, el impedimento comienza con la recepción de credenciales; para otros, desde la designación o contratación. El impedimento se extiende hasta un año después del cese de funciones, por cualquier causa. Estas restricciones buscan evitar conflictos de interés y asegurar la imparcialidad en la gestión del espectro radioeléctrico.

6.2 Restricciones para la Ubicación de las Plantas Transmisoras

El reglamento establece restricciones para la ubicación de las plantas transmisoras de estaciones de radiodifusión. Conforme a los artículos 84° y 87° del Reglamento, estas no pueden ubicarse en zonas específicas. La Dirección General evalúa la ubicación de la planta transmisora según la documentación presentada por los adjudicatarios. Para finalidades comunitarias en localidades no calificadas como rurales o de interés social, se requiere un documento que acredite la ubicación en una comunidad campesina, nativa o indígena. Si la planta transmisora corresponde al supuesto del numeral 87.3 del artículo 87 del Reglamento (Estaciones Primarias de baja potencia o estaciones de televisión con potencia de hasta 500 w), se necesita una constancia de baja población emitida por la municipalidad. La Resolución Ministerial Nº 411-2005-MTC/03 define el perímetro urbano, y el artículo 87° del Reglamento establece excepciones para la instalación dentro de este perímetro. El cumplimiento de estas normas asegura la correcta planificación de las infraestructuras de radiodifusión, garantizando la cobertura y minimizando interferencias.