Documentación medieval del Archivo Municipal de Azkoitia (m.s. XIII-1500)

Azkoitia: Historia y Documentos

Información del documento

Autor

M.ª Rosa Ayerbe

instructor M.ª Rosa Ayerbe
Escuela

EUTG (Escuelas Universitarias de Turismo de Gipuzkoa)

Especialidad Paleografía y Diplomática
Lugar Azkoitia
Tipo de documento Libro
Idioma Spanish
Formato | PDF
Tamaño 1.16 MB

Resumen

I.Disputas Jurídicas Medievales en Guipúzcoa Casos de Jurisdicción y Propiedad

Este documento presenta una colección de textos legales medievales españoles, principalmente del siglo XV, que detallan disputas sobre jurisdicción y propiedad en la provincia de Guipúzcoa. Se analizan casos que involucran a la nobleza (fijosdalgo), la Iglesia, y el poder real. Los textos ofrecen valiosa información sobre el sistema legal castellano de la época, incluyendo temas como el derecho de propiedad, las alcabalas (impuestos), la gobernanza de las villas, y los privilegios reales. Las localidades de Azcoitia, San Martín de Iraurgui, y Miranda de Iraurgui aparecen frecuentemente, junto a figuras como el Rey Alfonso (se requiere precisar el rey), el Rey Fernando (se requiere precisar el rey), y la Reina Isabel (se requiere precisar la reina). Las disputas involucran derechos de propiedad sobre tierras, iglesias (como la de Santa María de Valda en Azcoitia), y la gestión de sus rentas. Se analizan también conflictos jurisdiccionales entre distintas autoridades y la interpretación de fueros y franquesas reales.

1. Disputas sobre la Prepositura de la Iglesia Augustense

Esta sección describe un litigio sobre la prepositura de una iglesia en Augustense. Se centra en la investidura de un individuo (B.) a través de cartas obtenidas por su padre del decano y capítulo de la iglesia, bajo el mandato de un predecesor (C.). A pesar de la recepción de las cartas, que implicaban la elección de un nuevo preboste dentro de un mes, el decano y capítulo, tras la confirmación de C. como obispo de Brixen, eligieron a N. como preboste. La decisión se basa en que B. no fue debidamente investido, y si lo hubiera sido, la investidura sería anulada por razones específicas. Este pasaje ilustra los complejos procesos de nombramiento eclesiástico, el peso de las cartas de autoridad, y la posibilidad de anulación de nombramientos basados en la validez de la investidura. Se destaca el conflicto entre el mandato apostólico y las decisiones locales, mostrando cómo la jerarquía eclesiástica y las normas legales interactuaban en la práctica. El énfasis está en la legitimidad del proceso de nombramiento y las implicaciones de una investidura cuestionable. Los nombres B., C., y N. son clave para comprender los actores en esta disputa jurisdiccional dentro de la iglesia.

2. Litigio sobre la Propiedad de un Hospital

El texto presenta un caso sobre la posesión de un hospital, específicamente el Hospital de San Allutii, entre los hospitalarios del Santo Sepulcro y los hermanos del propio hospital. Se habían presentado demandas anteriores, con sentencias contradictorias. Los hospitalarios del Santo Sepulcro argumentan que una previa donación del hospital a su orden, acordada por el rector, los hermanos y los patronos, fue validada mediante la designación de procuradores. A pesar de haber recibido la asignación, la otra parte argumenta que dicha donación debe ser anulada debido a que se realizó sin el consentimiento de muchos hermanos, incluyendo algunos excomulgados y perjuro. La disputa resalta el conflicto entre una donación aparentemente legítima y alegaciones de fraude e irregularidades en el proceso. Se analiza la validez de la donación considerando la buena fe de los receptores contra las acciones fraudulentas de algunos donantes. La sentencia favorece a los hospitalarios del Santo Sepulcro, basándose en el principio de que el derecho apoya a los engañados, no a los engañadores, y se busca evitar prejuicios al obispo diocesano y al párroco de Piscia. La mención del plebano de Piscia y el rector (G.) son importantes para definir los actores involucrados.

3. Querella contra Escuderos y Fijosdalgo en Iraurgui

Este fragmento narra una querella en Iraurgui. Escuderos y fijosdalgo son acusados de incendiar un lugar y matar a Don Johan Martínez de Balda, su hijo Pero Yvanes, y otros parientes. Los acusados niegan su participación, argumentando desconocimiento del cargo de Johan Martínez como merino. Se lleva a cabo una investigación (pesquisa) por orden del rey, que concluye con la absolución de los escuderos, declarándolos inocentes del delito. El pasaje resalta un proceso judicial que contrasta los testimonios de los acusados con la investigación real, mostrando las etapas de una investigación y la aplicación de la justicia en un contexto específico. Se menciona a Johan Martínez de Balda como la víctima principal, junto a su hijo y otros parientes. La investigación, con la intervención de los pesqueridores del rey, y la figura del alcalde, son esenciales para entender el procedimiento legal y el resultado del pleito.

4. Privilegios Reales para la Población de San Martín de Ahezcoytia de Yraurgui

Esta parte del documento se centra en un privilegio otorgado por el Rey Alfonso (de nuevo, necesita especificación) a los pobladores de San Martín de Ahezcoytia de Yraurgui. El Rey concede a los pobladores los mismos fueros y franquesas que los de Mondragón. Adicionalmente, se exime de tributos y servicios a los caballeros y escuderos fijosdalgo que habiten la villa, garantizando sus libertades anteriores. El rey busca fomentar el crecimiento de la población y asegurar la estabilidad de la villa. Se subraya la importancia del servicio al rey como motor del otorgamiento de estos privilegios y las exenciones a los fijosdalgo como incentivo para la población. La mención específica de los fueros de Mondragón sirve como referencia legal y punto de comparación.

5. Petición para Poblar Miranda de Iraurgui

El concejo de San Martín de Iraurgui solicita al Rey Alfonso (necesita especificación) permiso para fundar una nueva población en su propiedad, cerca del monasterio de Santa María de Valda, nombrada Miranda de Iraurgui. La petición se justifica en la necesidad de protegerse de los ataques de los caballeros de las comarcas cercanas y por su ubicación fronteriza con Navarra. Se solicita autorización para poblar, el uso de terrenos del monasterio para huertas, el control del mortuero de Veydacar, y la concesión de un mercado semanal. El rey ordena una investigación para verificar la legitimidad de la compra y la utilidad del proyecto para el servicio real. Se encomienda a Pero Yvanes de Ayala esta pesquisa. Este fragmento destaca la relación entre la seguridad, la expansión de población y los privilegios reales. La referencia a Santa María de Valda conecta con otras secciones del documento.

6. Convención entre Vecinos Dentro y Fuera de la Cerca de Azcoytia

Este texto describe un acuerdo entre los vecinos de Azcoytia que viven dentro y fuera de la cerca de la villa. Este acuerdo regula el comercio y las transacciones entre ambos grupos, permitiendo la libre compra y venta de productos agrícolas, ganaderos, y manufacturados. Se garantiza la seguridad de los comerciantes y se establecen penas para quienes incumplan el acuerdo. El objetivo es integrar a la comunidad y regular el intercambio comercial dentro del término de Azcoytia, mejorando la vida de los habitantes. Este acuerdo busca fomentar la paz social y económica mediante la formalización del comercio y la cooperación entre distintas zonas de la villa.

II.El Monasterio de Santa María de Valda y sus Diezmos Conflictos entre el Patrón y el Concejo de Azcoitia

Una sección significativa se centra en las disputas sobre los diezmos del Monasterio de Santa María de Valda en Azcoitia. El conflicto gira en torno a la autoridad del patrón (Juan Garçía de Balda) y el concejo de Azcoitia para nombrar clérigos y distribuir las rentas de la iglesia. El texto detalla las sentencias reales y las negociaciones para establecer una distribución equitativa de los beneficios eclesiásticos entre los clérigos y el mantenimiento de la iglesia. Se mencionan figuras clave como el Doctor Martín García de Licona y el Bachiller Diego Arias de Anaya. Las decisiones reales buscan equilibrar los intereses del patronato y los derechos del concejo, resolviendo disputas sobre el nombramiento de vicarios y capellanes, así como la distribución de las rentas, incluyendo los diezmos prediales y reales.

1. Sentencia de Ágreda 1484 y sus Disputas

El documento detalla una sentencia emitida en Ágreda en 1484, que abordaba las disputas entre la villa de Azcoitia y Juan Garçía de Balda, el patrón de la iglesia de Santa María de Balda. La sentencia se centraba en el nombramiento de clérigos y manobreros para el servicio de la iglesia, así como en otros aspectos de su administración. La villa de Azcoitia y Juan Garçía habían consentido y aprobado previamente la sentencia, aunque quedaban dudas por resolver. El Bachiller Diego Arias de Anaya de Salamanca actuó como ejecutor de la sentencia, encargado de llevarla a la práctica. La sentencia de Ágreda es un punto de referencia crucial para entender las controversias alrededor del monasterio, ya que establece el marco para la resolución de las disputas entre la villa y el patrón, generando nuevas disputas y peticiones de aclaración posterior.

2. Petición del Concejo de Azcoitia y Respuesta Real

Tras la sentencia de Ágreda, el concejo de Azcoitia presenta una petición a los Reyes Católicos, Fernando e Isabel, expresando su descontento con las acciones de Juan Garçía de Balda, el patrón de la iglesia. El concejo argumenta que las acciones de Juan Garçía buscaban fatigarles y generar gastos innecesarios en litigios. Solicita al rey que se rechace la petición de Juan Garçía, se le castigue por sus acciones y se evite que este se beneficie de los diezmos de la villa, destinando parte de los ingresos a los clérigos que servían a la iglesia. Se rechaza la petición de Juan García por considerar que buscaba prolongar el conflicto. La petición del concejo destaca la preocupación por la administración justa de la iglesia y la búsqueda del sosiego para los vecinos. Los Reyes Católicos, en su respuesta, demuestran la intención de alcanzar una resolución justa y que se respeten los derechos del clero y la villa de Azcoitia.

3. Sentencia Definitiva y Nombramiento de Clérigos

El documento detalla una sentencia definitiva emitida por el Consejo Real. Esta sentencia declara nula una carta previa que había otorgado el nombramiento de clérigos para la iglesia de Santa María de Valda a Johan de Sepúlveda. Se revoca dicha carta y se ordena a Juan Garçía de Balda que nombre, dentro de un plazo determinado, cuatro clérigos idóneos. Estos cuatro, junto con los previamente nombrados por Johan de Sepúlveda, elegirán seis clérigos (dos vicarios y cuatro capellanes). La sentencia determina el salario de los clérigos en 5000 maravedís anuales, además de otros beneficios. Si los clérigos prefieren los diezmos de ciertas propiedades, se les permitirá optar por ello. La sentencia busca establecer una solución definitiva al conflicto, regulando el nombramiento de clérigos y la distribución de los diezmos de la iglesia.

4. Procedimiento para el Nombramiento de Clérigos tras la Muerte del Patrón

La sentencia incluye un procedimiento para el nombramiento de clérigos en caso de fallecimiento del patrón Juan Garçía de Valda. El concejo de Azcoitia, junto con el patrón, nombrarán a cuatro hombres laicos que, tras un juramento, elegirán al nuevo clérigo. Si no hay consenso entre el patrón y el concejo, se recurrirá al Consejo Real para una resolución. Se establece también un proceso de confirmación del nombramiento ante el Ordinario si uno de los vicarios fallece. El objetivo es garantizar la continuidad en el servicio religioso de la iglesia y la transparencia en el proceso de nombramiento de nuevos clérigos.

5. Disputas sobre el Salario de los Clérigos y los Diezmos

Una parte de la sentencia se centra en la disputa sobre el salario de los clérigos y su pago en diezmos. El documento especifica la asignación de 4000 maravedís anuales a cada uno de los ocho clérigos, procedentes de las rentas de la iglesia. Se plantean dudas sobre si los diezmos de ciertas propiedades debían incluirse en estos 4000 maravedís. Se establece que estos diezmos sí deben considerarse para cumplir con el total del salario. También se regula el método de pago, estableciendo la posibilidad de pagar en dinero o en especie (trigo y pan), garantizando el cobro del salario de los clérigos y la administración eficiente de las rentas del monasterio.

6. Confirmación de la Sentencia y Pago a Azcoitia

La sentencia final es confirmada por una carta executoria, que ordena su cumplimiento. Esta confirmación enfatiza la necesidad de que el concejo nombre a cuatro hombres para la elección de los ocho clérigos junto al patrón, Juan Garçía de Balda. En caso de desacuerdo, se establece el proceso de votación para elegir a los clérigos. La carta también ordena a Juan Garçía a pagar 48.000 maravedís al concejo, por las deudas acumuladas a los clérigos y benefactores de la iglesia de Santa María de Balda. La confirmación real refuerza la sentencia y busca su cumplimiento, asegurando el pago de las deudas y el orden en la iglesia. La carta executoria es el documento final que confirma la decisión y ordena su cumplimiento completo.

III.Conflictos Jurisdiccionales entre Villas El Caso de Salvatierra y Miranda de Iraurgui

Se describe una disputa jurisdiccional entre las villas de Salvatierra de Iraurgui y Miranda de Iraurgui, centrada en la delimitación de sus territorios y exidos. El conflicto se resuelve a través de un acuerdo que define las fronteras entre ambos concejos, evitando futuros litigios. El acuerdo incluye cláusulas sobre la explotación de los recursos forestales comunes (árboles) y las responsabilidades de cada concejo en el gobierno y administración de sus territorios. Se destaca la importancia de la documentación para establecer límites claros de juridicción y la resolución pacífica de las diferencias intermunicipales.

IV.Exenciones y Franquicias en Guipúzcoa El Oficio de Alcaldía de Sacas y Cosas Vedadas

Este apartado trata sobre la lucha de la Provincia de Guipúzcoa por mantener sus exenciones y franquicias respecto al oficio de Alcaldía de Sacas y Cosas Vedadas. El texto describe las acciones de figuras como Rodrigo Zapata y García Enbito para establecer el cargo, en contra de los privilegios históricos de la provincia. La renuncia de Dominjón González de Andía al oficio y la posterior confirmación real de la exención para Guipúzcoa son puntos relevantes. Se enfatiza la importancia de la ubicación geográfica de Guipúzcoa, en la frontera con Navarra y Francia, en su derecho a comerciar libremente (contratar) y su necesidad de exenciones fiscales para su desarrollo económico y supervivencia.

V.Ordenanzas y Gobierno Municipal en Azcoitia Eliminación de Bandos y Apellidos

El documento contiene ordenanzas para el gobierno municipal de Azcoitia, enfocadas en la eliminación de bandos y apellidos como fuente de conflictos. Se busca establecer una unidad y cohesión social, bajo el liderazgo del concejo. Se establecen penas severas para quienes incumplan estas ordenanzas y promuevan la discordia. El objetivo primordial es fortalecer la estabilidad del gobierno municipal y la paz social, bajo la protección real.