
Reglamento Ley Radio y TV Perú
Información del documento
Autor | Alejandro Toledo Manrique |
Empresa | Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) |
Lugar | Lima |
Tipo de documento | Decreto Supremo |
Idioma | Spanish |
Formato | |
Tamaño | 843.77 KB |
Resumen
I.Participación Extranjera en la Radiodifusión en Perú
Este Reglamento de Radio y Televisión del Perú regula estrictamente la participación extranjera en el sector, especialmente en zonas fronterizas. Las personas jurídicas con accionistas extranjeros no pueden ser titulares de autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión en localidades fronterizas al país de origen de sus accionistas, salvo por necesidad pública autorizada por Decreto Supremo. Este punto es clave para comprender los requisitos de las concesiones de radio y televisión en Perú.
1. Restricciones a la Participación Extranjera en Zonas Fronterizas
El artículo 20 del reglamento prohíbe a las personas jurídicas con participación extranjera ser titulares de autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión en localidades fronterizas con el país de origen de sus accionistas, socios o asociados. Esta restricción se aplica a las empresas extranjeras y a las empresas con participación extranjera, limitando la propiedad extranjera en áreas consideradas estratégicas para la seguridad nacional. La única excepción a esta prohibición es en casos de necesidad pública, debidamente autorizada mediante decreto supremo aprobado por el Consejo de Ministros. Esta disposición busca proteger el espectro radioeléctrico y la influencia mediática en zonas sensibles de la frontera, garantizando así el control nacional sobre la información y la comunicación en estas áreas. La norma busca un equilibrio entre la inversión extranjera y la soberanía nacional en el ámbito de la radiodifusión.
2. Documentación Requerida para Sociedades con Participación Extranjera
Si la persona jurídica solicitante tiene participación extranjera, el reglamento exige la presentación de documentación específica por parte de los socios, accionistas, asociados, titulares, representantes legales, gerentes, apoderados y directores extranjeros. Esta documentación debe acreditar su participación en empresas de radiodifusión habilitadas en su país de origen. Si alguno de estos individuos es a su vez una persona jurídica, se requiere documentación adicional de dicha entidad y de sus propios accionistas, socios y asociados. Este requisito de transparencia busca verificar la legitimidad de la participación extranjera y prevenir posibles conflictos de interés o la elusión de las regulaciones nacionales. Se busca evitar la opacidad en la propiedad y control de los medios de comunicación en Perú.
II.Requisitos para Obtener una Licencia de Radiodifusión en Perú
La obtención de una licencia exige cumplir diversos requisitos, incluyendo la ausencia de conflicto de intereses (limitaciones en la tenencia de frecuencias: 30% para televisión y 20% para radio en una misma banda y localidad), la presentación de documentación legal completa (incluyendo información sobre accionistas extranjeros si aplica), y el pago de los derechos de trámite y publicación. La solicitud de licencia de radiodifusión puede ser denegada por diversas razones, entre ellas deudas pendientes con el estado. Para asegurar la transparencia, el Reglamento estipula la publicación de un extracto de la solicitud en El Peruano y un diario local.
1. Limitaciones en la Tenencia de Frecuencias
El reglamento establece límites a la concentración de frecuencias para evitar monopolios. Se prohíbe, directa o indirectamente, ser titular de más del 30% de las frecuencias disponibles para radiodifusión televisiva y del 20% para la radiodifusión sonora, en una misma banda de frecuencia y localidad. La fracción resultante mayor a 0.5 se considera como el número inmediato superior. Esta restricción se extiende a familiares hasta el segundo grado de consanguinidad. La intención es promover la competencia y la pluralidad de voces en el espectro radioeléctrico, evitando la dominación de un solo operador o grupo de operadores relacionados. El incumplimiento de esta norma puede resultar en la denegación de la solicitud de licencia.
2. Documentación Requerida para la Solicitud
La solicitud de licencia requiere una documentación exhaustiva. Para las personas jurídicas con participación extranjera, la documentación incluye la información de los socios, accionistas y directores extranjeros, acreditando su participación en empresas de radiodifusión en su país de origen. En caso de que algún socio o accionista sea a su vez una persona jurídica, se debe presentar la documentación correspondiente a esta entidad y a sus accionistas. Este requisito de presentación de documentos busca garantizar la transparencia y la veracidad de la información proporcionada, así como la identificación precisa de todos los involucrados en la propiedad y administración de la entidad solicitante. El cumplimiento de este requisito es fundamental para la aprobación de la solicitud.
3. Pagos y Publicidad de la Solicitud
El proceso de solicitud implica el pago de derechos de trámite y de publicación de la resolución de autorización. Además, se establece un plazo de diez días para la publicación de un extracto de la solicitud en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de mayor circulación en la localidad o provincia correspondiente. Esta publicación cumple una función de transparencia y permite a terceros conocer la solicitud y eventualmente presentar observaciones. El incumplimiento de estos pagos o de la obligación de publicar puede retrasar o incluso impedir la concesión de la licencia. Los pagos y la publicidad son elementos esenciales en el procedimiento para obtener la licencia.
4. Denegación de la Solicitud y Nulidad del Acto Administrativo
La solicitud puede ser denegada si el solicitante tiene deudas pendientes con el estado relacionadas al derecho de autorización, tasas, cánones, multas, etc., a menos que tenga un plan de fraccionamiento vigente. De comprobarse fraude o falsedad en la documentación presentada, se declara la nulidad del acto administrativo y se comunica al Ministerio Público para la acción penal correspondiente. Esta disposición refuerza la importancia de la veracidad y la honestidad en el proceso de solicitud y sanciona severamente las irregularidades. La transparencia y la legalidad son pilares en el otorgamiento de las licencias de radiodifusión.
III.Concursos Públicos para la Otorgación de Licencias de Radiodifusión
Cuando la demanda de frecuencias supera la oferta disponible, las licencias se otorgan mediante concursos públicos, con al menos dos al año, según el cronograma definido por la Dirección de Gestión. Estos concursos se rigen por bases específicas y son evaluados por un comité. Los criterios de evaluación pueden incluir aspectos económicos y la implementación de proyectos de televisión digital terrestre. Esto es fundamental para quienes buscan participar en el proceso de concesiones de radio y televisión.
1. Concursos Públicos Mecanismo de Otorgamiento de Licencias
El reglamento establece que las autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando el número de solicitudes admitidas supera la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una misma banda y localidad. Este proceso competitivo busca asegurar una asignación eficiente y justa del espectro radioeléctrico. La transparencia y la competencia son los pilares de este sistema. El concurso público garantiza que las licencias se asignen a los postulantes que presenten las mejores propuestas, considerando los criterios establecidos en las bases del concurso. La Dirección de Gestión se encarga de elaborar un cronograma anual, con al menos dos concursos públicos al año, adaptándose a la demanda y las necesidades del sector.
2. Cronograma y Comité de Evaluación
En el mes de enero de cada año, la Dirección de Gestión (o la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, según la versión del decreto supremo) elabora un cronograma para la realización de por lo menos dos concursos públicos anuales. La cantidad de concursos puede variar dependiendo del número de localidades donde se necesite otorgar autorizaciones a través de este mecanismo. Los concursos públicos se llevan a cabo bajo la supervisión de un Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas, conformado por cinco miembros. Este comité es responsable de la preparación de las bases del concurso y de su conducción hasta que la adjudicación sea definitiva. La transparencia en este proceso es fundamental para la legitimidad del sistema de concesiones.
3. Criterios de Evaluación de las Ofertas
Para los concursos públicos, las ofertas pueden incluir una propuesta económica y/o el desarrollo e implementación de un proyecto integral para promover el desarrollo de la televisión digital terrestre. Los criterios específicos para la evaluación de las ofertas son definidos en las bases del concurso. Esto permite que el proceso de adjudicación considere no solo el aspecto económico, sino también la capacidad del postulante para contribuir al desarrollo tecnológico del sector. La ponderación de los diferentes criterios, así como los aspectos específicos que se tendrán en cuenta en la evaluación, forman parte de las bases del concurso y se dan a conocer a los postulantes antes del inicio del proceso.
IV.Renovación de Licencias de Radiodifusión en Perú
La renovación de licencias requiere presentar la solicitud entre seis meses antes y el día del vencimiento de la licencia vigente. Es condición indispensable estar al día en los pagos y cumplir con las obligaciones del servicio. El incumplimiento puede resultar en la revocación de la licencia. Es crucial comprender los plazos y requisitos para la renovación de las licencias de radiodifusión.
1. Plazo para la Presentación de la Solicitud de Renovación
La solicitud de renovación de la licencia de radiodifusión puede presentarse desde seis meses antes de la fecha de vencimiento hasta el mismo día del vencimiento. Si el día de vencimiento es inhábil, la solicitud debe presentarse el primer día hábil siguiente. Las solicitudes presentadas antes del plazo de seis meses se consideran no presentadas. Este plazo establecido busca asegurar una gestión eficiente del proceso de renovación, permitiendo a la administración procesar las solicitudes con tiempo suficiente y evitar interrupciones en el servicio. El cumplimiento de este plazo es fundamental para evitar problemas en la continuidad de la emisión.
2. Requisitos para la Renovación de la Licencia
Para la renovación, se entiende como solicitud presentada el hecho de que el titular de la autorización, a la fecha del término de su vigencia, esté operando y al día en sus pagos o tenga una solicitud de fraccionamiento vigente. En estos casos, el ministerio requerirá la presentación de la documentación correspondiente en un plazo no mayor de sesenta días hábiles. Se enfatiza la necesidad del cumplimiento de las obligaciones financieras y la operatividad continua del servicio. La presentación oportuna de la documentación y el estar al día en los pagos son condiciones esenciales para la aprobación de la renovación de la licencia de radiodifusión.
3. Pago del Derecho de Autorización y Canon Anual
Dentro de los sesenta días de notificada la resolución autoritativa, el titular de la autorización debe cumplir con el pago del derecho de autorización y el canon anual. El incumplimiento en el pago, según la versión del decreto supremo, puede resultar en la notificación de un requerimiento de pago, o la resolución puede quedar sin efecto de pleno derecho, dejando sin validez la renovación de la licencia. Este requisito busca asegurar el cumplimiento de las obligaciones financieras por parte de los titulares de las licencias y garantizar la sostenibilidad del sistema de regulación de la radiodifusión. El pago puntual de estos derechos es fundamental para la renovación de la licencia.
V.Infracciones y Sanciones en la Radiodifusión Peruana
El Reglamento define las infracciones y sanciones aplicables a los titulares de licencias, incluyendo multas por incumplimiento de las normas técnicas, interferencias, y operación irregular. Se detallan procedimientos para la fiscalización, incluyendo inspecciones e incluso la incautación de equipos. El entendimiento de las posibles sanciones por infracciones de radiodifusión es vital para el cumplimiento normativo.
1. Interferencias No Admisibles
El reglamento define las interferencias no admisibles, considerando aquellas que, aunque no cumplen con los criterios cuantitativos del Reglamento de Radiocomunicación de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, sí constituyen interferencias perjudiciales. Las características técnicas permitidas se basan en la resolución de autorización. Se aclara que un cambio de ubicación dentro del período de instalación y prueba no se considera infracción si se cumplen ciertos requisitos (solicitarse según artículos 60 y 61, no variar la zona de servicio, no aumentar potencia y no causar interferencia a otros operadores). Similarmente, el cambio de ubicación de la planta transmisora no es infracción si se solicita previamente con los requisitos del artículo 62, no se varía la localidad a servir, no se aumenta potencia, no causa interferencia y se respetan las normas de zonas de restricción (artículo 84).
2. Multas y Sanciones por Infracciones
Se establece que la multa puede ser inferior al mínimo legal si la infracción atenta contra la continuidad del servicio autorizado, sin exceder el 30% del capital social vigente al momento de la comisión de la infracción (considerando el capital social vigente al momento de la imposición si hubo reducción posterior según artículo 220 de la Ley General de Sociedades). Si el sancionado continúa con la conducta irregular después de una sanción, se puede imponer una nueva sanción tras 30 días, sin perjuicio de las medidas cautelares o correctivas pertinentes. La continuidad de la infracción agrava la sanción. La determinación del período de operación irregular se basa en comprobantes de pago, comunicaciones o fecha de detección de la irregularidad, considerando la fecha más antigua. En casos que requieran descerraje, la Dirección de Control solicita autorización al juez especializado.
3. Incautación de Equipos
El reglamento contempla la incautación de equipos y bienes utilizados en la comisión de infracciones relacionadas con la indebida utilización del espectro radioeléctrico, tipificadas en el artículo 77 incisos a), b), c), d) y f) de la ley. Esta medida, ejecutada por la Dirección de Control con apoyo de la fuerza pública y el Ministerio Público, representa una herramienta de control y sanción para los casos más graves de incumplimiento del reglamento. La incautación es una medida drástica, pero necesaria para garantizar el cumplimiento de la normativa y la protección del espectro radioeléctrico.
VI.Código de Ética y Autorregulación en la Radiodifusión
Los titulares de licencias deben aprobar y presentar un código de ética dentro de un plazo determinado. Este aspecto promueve la autorregulación y la responsabilidad social en la programación, incluyendo la protección del menor y la accesibilidad para personas con discapacidad. La presentación del Código de Ética es un elemento crucial para las empresas de radiodifusión en Perú.
1. Obligación de Aprobar y Presentar un Código de Ética
Dentro de los doce meses siguientes a la entrada en vigencia de la autorización, los titulares del servicio de radiodifusión, individual o asociadamente, deben aprobar su Código de Ética y presentar una copia a la Dirección de Gestión. Si el código presenta observaciones, se notifica al titular para su subsanación dentro de un plazo determinado. De no subsanarse las observaciones, el código se considera no presentado y se informa a la Dirección de Control. Esta medida busca promover la autorregulación y la responsabilidad ética en el sector de la radiodifusión, estableciendo un marco de principios y valores que guíen la programación y las operaciones de los medios de comunicación. La aprobación y presentación del código de ética es una obligación legal para los titulares de licencias.
2. Contenido y Alcance del Código de Ética
El reglamento promueve la autorregulación a través de la implementación de políticas para informar sobre advertencias en el contenido a ser emitido. Se hace mención al Horario de Protección al Menor, donde se transmiten programas y promociones que pueden ser vistos por niños menores de 14 años sin supervisión. Además, se fomenta la incorporación optativa y progresiva de lenguaje de señas y textos para personas con discapacidad auditiva en programas informativos, educativos y culturales. Esto último es evaluado por el Consejo Consultivo de Radio y Televisión para el otorgamiento de premios. El código de ética debe reflejar estos principios de responsabilidad social y accesibilidad.
3. Plazo para la Presentación del Código de Ética
Una disposición final establece un plazo de noventa días hábiles, contados a partir de la vigencia del presente reglamento, para que los titulares del servicio de radiodifusión con autorización vigente presenten su Código de Ética. Este plazo corto indica la importancia que se le da a la adopción rápida de un código de conducta ética en el sector de la radiodifusión. El objetivo es el inmediato establecimiento de normas de autorregulación que contribuyan a una programación responsable y ética.
VII.Pago de Canon Anual y Tasas en la Radiodifusión
El reglamento detalla las obligaciones de pago, incluyendo el canon anual, las tasas, y los intereses moratorios por retraso. Se establece un sistema de pagos mensuales a cuenta, con liquidación final en abril. La falta de presentación de declaraciones anuales conlleva sanciones. La comprensión de las obligaciones financieras es esencial para los titulares de licencias de radiodifusión en el Perú.
1. Canon Anual Pago y Plazos
El pago del canon anual se realiza por adelantado en el mes de febrero de cada año. Por cada mes de retraso se aplica una tasa de interés moratorio (TIM) acumulativa, calculada como el 15% de la tasa activa del mercado promedio mensual en moneda nacional (TAMN) publicada por la Superintendencia de Banca y Seguros el último día hábil del mes anterior. El incumplimiento en el pago del canon anual tiene consecuencias, según la versión del decreto supremo, puede llegar a la revocación de la autorización. El pago oportuno del canon es una obligación fundamental para mantener la licencia de radiodifusión vigente. La puntualidad en los pagos es crucial para evitar sanciones.
2. Tasa por Explotación Comercial Pagos a Cuenta y Liquidación Final
Los titulares de autorizaciones abonan cuotas mensuales a cuenta de la tasa por explotación comercial del servicio, equivalentes a un porcentaje de los ingresos brutos declarados en el mes anterior. En el mes de abril se realiza la liquidación final, debiendo abonar la cuota de regularización si corresponde. Si hay saldo a favor del contribuyente, este puede aplicarlo a pagos futuros o utilizar los mecanismos que determine el Ministerio. La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones fiscaliza estos pagos y puede solicitar la documentación pertinente, realizando visitas para verificar los ingresos obtenidos por la explotación comercial del servicio. La transparencia en la declaración de ingresos es fundamental para un correcto cálculo de la tasa.
3. Sanciones por Incumplimiento en la Declaración Anual
Si el titular incumple con la presentación de la declaración anual, el Ministerio realiza el cálculo en base a la última declaración presentada del ejercicio anterior, añadiendo un 25% adicional. Si no hay declaración o esta no registra ingresos, se cobran dos UITs por concepto de tasa anual. El Ministerio puede verificar los ingresos brutos y realizar el cobro correspondiente. Cualquier saldo a favor del contribuyente puede aplicarse a pagos futuros. La presentación puntual de la declaración anual y la correcta declaración de los ingresos son esenciales para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento de las obligaciones financieras establecidas en el reglamento. La falta de información o la declaración incorrecta son sancionadas.