
Ley Consuetudinaria Nasa
Información del documento
Autor | Joanne Rappaport |
Escuela | Georgetown University |
Especialidad | Antropología |
Tipo de documento | Artículo de Revista |
Idioma | Spanish |
Formato | |
Tamaño | 183.64 KB |
Resumen
I.El Pluralismo Jurídico en las Comunidades Indígenas Colombianas y la Constitución de 1991
Este documento analiza el impacto de la Constitución de 1991 en el pluralismo jurídico colombiano, específicamente en la jurisdicción especial indígena. Se destaca el reconocimiento del derecho consuetudinario basado en los usos y costumbres de las comunidades. El estudio se centra en la reconstrucción de este derecho, el papel de los intelectuales indígenas en su interpretación (especialmente a través de la traducción de la Constitución a lenguas como el Nasa Yuwe) y las complejas negociaciones entre el Estado y las comunidades para la implementación de la autonomía judicial indígena.
1. La Constitución de 1991 y el Reconocimiento del Derecho Consuetudinario
La sección inicial establece el marco legal fundamental: la Constitución de 1991 otorga a las comunidades indígenas el derecho a un sistema legal propio basado en sus 'usos y costumbres'. Este reconocimiento representa un paso crucial hacia el pluralismo jurídico, estableciendo un marco legal donde las normas tradicionales pueden coexistir con el sistema jurídico nacional. Sin embargo, el texto anticipa la complejidad de esta coexistencia, insinuando las tensiones y negociaciones inherentes a la implementación práctica de este derecho. La sección sienta las bases para la exploración del papel de los intelectuales indígenas en la reconstrucción y adaptación del derecho consuetudinario a la luz de la nueva Constitución, y el análisis del impacto en las comunidades. Se subraya la importancia de analizar el significado práctico del pluralismo jurídico, incluyendo la interacción entre el Estado colombiano y las organizaciones indígenas en la práctica diaria y los asuntos que surgen al negociar en el ámbito jurídico. La sección establece el escenario para entender cómo se imagina la interacción entre sistemas legales múltiples, tanto por parte del Estado como por las organizaciones indígenas.
2. El Surgimiento del Discurso Cultural Indígena y el Papel de los Intelectuales Indígenas
Esta parte del documento profundiza en el contexto sociopolítico que rodea la implementación del derecho consuetudinario, centrándose en el surgimiento de un discurso cultural indígena articulado por quienes el autor denomina 'intelectuales indigenistas'. Estos activistas, a menudo líderes comunitarios con formación académica, juegan un papel fundamental en la reconstrucción de la ley consuetudinaria. El texto destaca que, aunque no se autodenominan intelectuales por la connotación elitista del término, su rol se asemeja a la noción gramsciana de 'intelectual orgánico'. Se detalla su formación en las propias organizaciones indígenas, combinando la educación formal con la experiencia comunitaria. Se describe su labor en programas educativos, legales y de salud, y su participación en el análisis etnográfico y lingüístico para construir epistemologías que les permitan articular su cosmovisión. Su objetivo principal es dar sentido a la cosmovisión indígena y desarrollar categorías conceptuales que integren aspectos seculares y espirituales para crear narrativas útiles políticamente, contribuyendo a la base conceptual de los nuevos sistemas jurídicos indígenas. Se enfatiza la importancia de su rol en la reconstrucción del sistema legal, no solo como traductores de textos legales, sino también como intérpretes y creadores de un nuevo discurso jurídico.
3. El Estado y la Presencia Estatal en las Comunidades Indígenas del Cauca
La sección explora la presencia del Estado en las comunidades indígenas del Cauca, desafiando la noción idealizada de un Estado completamente separado de la sociedad civil. Se reconoce que, si bien la presencia estatal no siempre ha sido constructiva (citando la falta de servicios o un rol histórico a veces represivo), su influencia ha sido constante, ejemplificada por el rol de la Iglesia Católica en la educación indígena y la interacción con instituciones como el Banco Agrario, el Ministerio del Interior, el sistema judicial, y especialmente el Ejército. Se argumenta que el análisis etnográfico permite entender la experiencia de las comunidades con las diferentes instancias del Estado. Se analiza cómo distintos agentes estatales —legítimos e ilegítimos— intentan imponer su propia visión, pero también se reconoce la capacidad de las comunidades para negociar y resistir a través de su participación en los cabildos. Se enfatiza que la presencia del estado no es simplemente abstracta sino material y tangible, observándose en las interacciones diarias con instituciones y funcionarios a lo largo del último siglo.
II.El Rol de los Intelectuales Indígenas en la Reconstrucción del Derecho Consuetudinario
El documento explora el rol crucial de los intelectuales indígenas, quienes, a menudo sin usar el término, funcionan como intelectuales orgánicos (Gramsci) dentro de organizaciones como el CRIC. Su labor incluye la traducción de la Constitución, la reconstrucción de la ley consuetudinaria, y la creación de neologismos en lenguas indígenas para expresar conceptos legales occidentales. Este proceso de traducción se ve como una negociación dinámica y una forma de crítica al Estado desde una perspectiva indígena, donde términos como ne’hwe’sx (autoridad principal) y npiçthê’ (funcionario electo) reflejan una valoración diferente de la autoridad.
1. Los Intelectuales Indigenistas como Agentes de Cambio
El texto introduce el concepto clave de 'intelectuales indigenistas', figuras clave en el movimiento indígena colombiano que, aunque rechazan el término por sus connotaciones elitistas, actúan como intelectuales orgánicos (en el sentido gramsciano). Estos individuos, generalmente miembros de resguardos con educación secundaria o universitaria, ocupan roles de liderazgo regional, zonal o local. Su formación se da tanto en las organizaciones indígenas como en instituciones educativas, combinando conocimiento tradicional con enfoques modernos. Su labor se centra en canalizar las habilidades adquiridas para resolver las preocupaciones comunales, adaptando análisis y discursos a contextos locales. Muchos se dedican a la etnografía y al análisis lingüístico, buscando construir epistemologías que den una perspectiva privilegiada sobre su cultura. Este grupo busca articular cosmovisiones indígenas, desarrollar categorías conceptuales que integren lo secular y lo espiritual para crear preceptos y narrativas con utilidad política, sentando las bases conceptuales para la construcción de nuevos sistemas jurídicos indígenas. Su rol trasciende la simple academia, implicando una transformación cultural y política profunda.
2. La Traducción de la Constitución como Herramienta Política
Se analiza el proceso de traducción de artículos constitucionales referentes a asuntos indígenas a diversas lenguas, incluyendo el Nasa Yuwe, como una actividad central en la reconstrucción del derecho consuetudinario. Este proceso, lejos de ser una simple traducción, se presenta como una reinterpretación política y una crítica al Estado colombiano desde la perspectiva indígena. Los traductores, en su mayoría autoridades tradicionales, no buscan una traducción literal sino una reconceptualización de los preceptos constitucionales, adaptándolos a la cosmovisión y a las prioridades políticas del movimiento indígena. Se destaca el uso de neologismos, como ne’hwe’sx (autoridad principal) y npiçthê’ (funcionario electo), para expresar conceptos legales con significados contextualizados y críticos, reflejando la visión indígena del poder y la autoridad. Esta metodología subalterna de traducción permite al movimiento indígena apropiarse de los nuevos desafíos políticos y construir valores políticos alternativos, sentando las bases para la creación de nuevos usos y costumbres.
3. La Justicia Nasa Autoridad Cosmovisión y Tardecer
El texto profundiza en la concepción de la justicia nasa, enfatizando la conexión entre la justicia en la familia, entre chamanes y en el cabildo. Se explica cómo la autoridad no es solo un ejercicio de poder político, sino un modo de vida que permea todas las esferas de la comunidad. La autoridad legítima, se argumenta, se genera en la familia y se extiende al cabildo, aunque la realidad sea compleja y utópica. Se analizan las críticas a chamanes por cobrar excesivamente, a cabildos por politiquería y las vulnerabilidades familiares por migración, pérdida del idioma y violencia política. El concepto de 'tardecer', incluido en el neologismo nasa para 'justicia', es explicado como una noción de causalidad indirecta que permite imputar culpa, incluso sin una relación directa con el delito. La metáfora de la 'luz' y la 'claridad' se utiliza para comprender la lógica del proceso judicial indígena, conectando la esfera doméstica con la pública. El proceso de creación de neologismos a partir de la Constitución y la búsqueda de un sistema jurídico que resuelva los dilemas de las comunidades nasa se presenta como un proceso complejo y dinámico en continuo desarrollo.
III.El Caso Gembuel Conflicto entre Derecho Indígena y Derecho Nacional
El caso de Francisco Gembuel, un guambiano en Jambaló (Cauca), ilustra las tensiones del pluralismo jurídico. Gembuel fue juzgado por el cabildo según los usos y costumbres Nasa, sentenciado por tardecer (una noción de causalidad indirecta). Su posterior tutela ante la Corte Constitucional llevó a una importante decisión del magistrado Carlos Gaviria Díaz, quien reconoció la legitimidad del derecho consuetudinario nasa pero enfatizó su naturaleza dinámica y la necesidad de que los procedimientos sean predecibles para el acusado. La decisión rechazó la imposición de una visión estática de la cultura indígena, mostrando la complejidad de la interacción entre derechos indígenas y derechos constitucionales.
1. El Juicio a Francisco Gembuel y la Tutela ante la Corte Constitucional
El caso de Francisco Gembuel, un guambiano residente en Jambaló (Cauca) y activo en el CRIC, sirve como estudio de caso central. Tras un conflicto político local, Gembuel fue acusado de ser autor intelectual de un asesinato y juzgado por el cabildo de Jambaló, según los usos y costumbres nasa, siendo sentenciado a sesenta fuetazos y exilio. El castigo, basado en el concepto de 'tardecer' (causalidad indirecta), no fue homologable con el sistema legal colombiano. Gembuel interpuso una tutela ante la Corte Constitucional, alegando violación de sus derechos fundamentales como ciudadano colombiano. Este evento puso a prueba la jurisdicción especial indígena y generó un conflicto explícito entre el derecho consuetudinario y el derecho nacional. Su afirmación de que no existía tradición para la investigación de homicidios dentro de la jurisdicción indígena fue clave en la controversia, desafiando la legitimidad del proceso y el alcance de las prácticas tradicionales en la resolución de casos penales. La acción de tutela ante la Corte Constitucional expuso las tensiones existentes entre los derechos individuales como ciudadanos colombianos y los derechos recién reconocidos de las comunidades indígenas como actores legales colectivos.
2. La Decisión de la Corte Constitucional y la Interpretación de la Tradición
La decisión de la Corte Constitucional, particularmente la del magistrado Carlos Gaviria Díaz, marcó un punto de inflexión. Gaviria rechazó la visión de una cultura indígena estática y modernista, impuesta en decisiones previas. En lugar de exigir la prueba de 'pureza cultural', el magistrado reconoció la naturaleza dinámica del derecho consuetudinario, afirmando que las prácticas pueden evolucionar mientras respeten la previsibilidad para el acusado y mantengan la cohesión social. Gaviria validó el espíritu de la tradición legal nasa, destacando que la justicia se centra en el equilibrio y la reparación, no en la venganza, a través del diálogo y la palabra de los miembros de la comunidad. Su enfoque en la cosmovisión nasa como elemento fundamental para entender sus prácticas jurídicas fue crucial. Se destaca que, aunque la sentencia legitimó la aplicación de los usos y costumbres, lo hizo al enfatizar su alteridad y cosmovisión, dejando a los líderes indígenas en la incómoda posición de depender de una validación externa para la legitimidad de sus propias leyes. La decisión evidencia la dificultad de conciliar las nociones de justicia indígena y nacional dentro del marco del pluralismo legal.
3. La Respuesta del Cabildo y las Complejidades del Pluralismo Jurídico
La respuesta del Cabildo de Jambaló, elaborada por Alberto Passú y Luis Alberto Fiscué, con posible colaboración de Carlos César Perafán, ofrece una perspectiva indígena sobre el caso. Se explica el procedimiento de juzgamiento, destacando la participación de la Acin (Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca), necesaria debido al perfil político de Gembuel y la publicidad del caso. La respuesta enfatiza la prevención de violencia y la importancia de la confesión pública para la cohesión social, utilizando metáforas de luz y claridad para ilustrar la lógica del proceso. Sin embargo, la respuesta destaca el dilema de los líderes indígenas: la necesidad de defender la autonomía indígena frente al Estado y actores armados (ELN, FARC, Ejército) crea un contexto donde los discursos de soberanía se priorizan sobre los discursos puramente culturalistas. La resolución exitosa del caso Gembuel se presenta como fundamental para la supervivencia étnica de la comunidad nasa, demostrando que lo que está en juego trasciende una simple confrontación entre sistemas legales; implica también la defensa de la autoridad indígena frente a otras fuerzas que la amenazan. El caso muestra las complejidades del pluralismo jurídico, que va más allá de las categorías modernistas, involucrándose en disputas entre localidades, organizaciones indígenas y actores armados.
IV.La Complejidad de la Implementación de la Jurisdicción Especial Indígena
La implementación de la jurisdicción especial indígena presenta desafíos. El caso Gembuel evidenció dificultades en la codificación del derecho consuetudinario, tensiones entre diferentes niveles de organización indígena (veredas, cabildos, CRIC, ACIN), y la influencia de actores externos como grupos armados (ELN, FARC, ejército colombiano). Se resalta la necesidad de una investigación de campo profunda para comprender la dinámica local y las consecuencias de la decisión de la Corte, incluyendo la violencia que afecta a líderes como Cristóbal Secue y Aldemar Pinzón, quienes trabajaban en la implementación de la jurisdicción en el norte del Cauca.
1. Las Fallas en la Implementación y los Discursos en Conflicto
Esta sección analiza las dificultades en la implementación de la jurisdicción especial indígena, evidenciadas por las tutelas interpuestas por miembros de comunidades indígenas contra sus autoridades tradicionales. Se argumenta que se violan sus derechos individuales como ciudadanos colombianos por los usos y costumbres comunales. El texto destaca la existencia de discursos en conflicto entre denunciantes indígenas, autoridades tradicionales, organizaciones étnicas y magistrados del Estado, mostrando una compleja interacción de perspectivas. La construcción de las nociones sobre control jurídico indígena se presenta como un proceso dinámico que se desarrolla en los comités legales de base, las reuniones del cabildo y la Corte Constitucional. La sección introduce la idea de que la implementación no es uniforme y perfecta, sino que presenta desafíos y contradicciones que necesitan ser analizados para lograr un verdadero pluralismo jurídico.
2. El Caso Gembuel como Ejemplo de las Tensiones Interculturales
El caso Gembuel es analizado en detalle para ilustrar la complejidad de la jurisdicción especial indígena. El juicio a Gembuel, por el cabildo de Jambaló, bajo la acusación de 'tardecer', expone las diferencias entre la lógica de la justicia nasa y la jurisprudencia occidental. La decisión de la Corte Constitucional, aunque legitimando la jurisdicción especial en principio, resalta la necesidad de que los procedimientos sean predecibles para el acusado, lo cual revela la dificultad de armonizar sistemas jurídicos tan diferentes. La sentencia del magistrado Gaviria, que distingue entre la 'letra' y el 'espíritu' de la tradición, introduce una interpretación dinámica de la cultura, en contraste con enfoques más estáticos en decisiones judiciales previas. La decisión de Gaviria, sin embargo, implicó una validación externa de la ley nasa, resaltando la necesidad de una mayor autonomía jurídica de las comunidades indígenas. La decisión de la Corte Constitucional, aunque positiva, puso de manifiesto la necesidad de una continua negociación y adaptación del sistema jurídico indígena al derecho nacional.
3. Las Disputas Internas y la Presión de Actores Externos
La sección analiza las complejidades de la implementación a través de las perspectivas de diferentes actores. Se analiza la respuesta del cabildo de Jambaló a la sentencia, donde se explican las bases teóricas de sus procedimientos. Se menciona la participación de la Acin (Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca) en el proceso, resaltando las tensiones entre diferentes niveles de organización indígena. Se destaca el papel de los grupos armados (ELN, FARC, Ejército) como actores que inciden en la vida local, complicando la aplicación de la jurisdicción especial. El texto argumenta que la lucha por la legitimidad de la autoridad indígena se da en un contexto de conflicto intercultural y violencia. La asamblea pública en Jambaló, que buscaba resolver el caso Gembuel, demuestra las dificultades para lograr un procedimiento que sea a la vez acorde con las teorías legales indígenas y aceptable para todos los participantes, debido a la presencia de intereses políticos cruzados y rivalidades históricas, incluso entre veredas. La sección final enfatiza la necesidad de considerar factores como la migración indígena, las rivalidades interorganizacionales, las transformaciones ideológicas y las estrategias de defensa ante la violencia armada para una comprensión completa de la problemática.