
Derechos Sociales: CDHDF y su Protección
Información del documento
Autor | José Tapia Pérez |
Escuela | Universidad Autónoma Metropolitana Azcapotzalco |
Especialidad | Sociología |
Tipo de documento | Tesis de Licenciatura |
Idioma | Spanish |
Formato | |
Tamaño | 2.94 MB |
Resumen
I.Derechos Humanos y Derechos Sociales en México
Este documento analiza la situación de los Derechos Humanos y, en particular, los Derechos Sociales en México. Se argumenta que, a pesar de la importancia jurídica y ética de la protección de los derechos sociales, el Estado Mexicano ha disminuido su compromiso con su garantía, especialmente en las últimas décadas. Se discuten las deficiencias en la protección de derechos como el derecho al trabajo, derecho a la salud y derecho a la educación, mostrando una brecha entre las obligaciones internacionales asumidas por México (como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) y la realidad. Se destaca la necesidad de una mayor justicia social y políticas sociales más efectivas para garantizar la plena realización de los derechos humanos de la población mexicana.
1.1 La Evolución del Concepto de Derechos Humanos
El texto inicia definiendo los derechos humanos como un paradigma fundamental en la relación Estado-sociedad, citando a Carbonell (2001) quien los describe como un signo distintivo de la modernidad, aunque aún inalcanzados plenamente. Se traza una breve historia, reconociendo antecedentes en sistemas antiguos, pero enfatizando la consolidación posterior a la Segunda Guerra Mundial, como reacción al genocidio y en defensa de la dignidad humana. Se introduce la discusión sobre la naturaleza de los derechos sociales, su importancia fundamental, y las objeciones a su consideración como derechos progresivos, según la perspectiva de Alfonso Ruiz. Se destaca la universalidad de los derechos humanos, incluyendo los deberes positivos y negativos del Estado, con ejemplos como el derecho a la vida, el voto, la salud y la educación. Finalmente, se subraya la indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos, incluyendo los derechos sociales, citando la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Declaración de Viena de 1993; la falta de cumplimiento de un derecho social se considera una violación flagrante de los derechos humanos.
1.2 El Estado Mexicano y la Protección de los Derechos Sociales
Se analiza críticamente la protección de los derechos sociales en México, cuestionando si el Estado ha dejado de protegerlos en los últimos años y las razones detrás de esta posible situación. A pesar de las reformas constitucionales de los años 70 que ampliaron la protección de los derechos sociales (especialmente el artículo cuarto constitucional), se argumenta que dichas reformas y políticas públicas resultaron ineficaces para resolver los problemas sociales y que el nivel de vida de los mexicanos ha descendido. Se discute el valor fundamental de los derechos sociales, destacando su universalidad y la necesidad de que el Estado garantice tanto deberes negativos (abstenciones) como positivos (prestaciones). Se utiliza la cita de Cruz Parcero (2001) para mostrar el descenso en el bienestar social a pesar de las reformas constitucionales. El texto argumenta que el Estado, sin importar si son derechos individuales o sociales, tiene la obligación de protegerlos.
1.3 Análisis Comparativo de Derechos Humanos y Sociales
Esta sección profundiza en la comparación entre derechos humanos y derechos sociales, enfatizando la importancia de ambos para el bienestar de la población. Se discute la discusión histórica sobre el valor fundamental de los derechos sociales y su progresividad, planteando la hipótesis de que estos tienen la misma dimensión que otros derechos humanos. Se argumenta que la universalidad de los derechos humanos incluye tanto los deberes negativos (prohibiciones estatales) como los positivos (prestaciones estatales). Se ilustra la importancia de la protección estatal, formal y jurídica, del acceso a la educación en todos los niveles. Se resalta la indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos, sosteniendo que la falta de cumplimiento de un derecho social constituye una violación flagrante de los derechos humanos, de acuerdo con la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Declaración de Viena de 1993.
II.Derechos Sociales en México Un Análisis Histórico
El análisis explora la evolución de la política social en México, destacando el papel de la Revolución Mexicana y su promesa de justicia social. Se critica la implementación de políticas sociales durante el periodo del PRI, que se caracterizó por la centralización del poder, la segmentación de los beneficios sociales, y el clientelismo político. Se observa que, si bien hubo mejoras en el nivel de vida de algunos sectores, la desigualdad en la distribución de la riqueza persistió. La transición hacia un modelo neoliberal implicó una reducción de la participación del Estado en la protección de los derechos sociales, con la privatización de las pensiones como un ejemplo paradigmático. Programas como Solidaridad, si bien tuvieron cierto alcance, mostraron limitaciones e incluso fueron utilizados con fines electorales.
2.1 La Revolución Mexicana y la Promesa de Justicia Social
El texto establece que la principal fuente de legitimidad del régimen mexicano fue su origen revolucionario, con impacto en los ámbitos político, económico y, principalmente, social. Se cita a Lorenzo Meyer, quien identifica tres valores básicos de la Revolución Mexicana: el reclamo de democracia política, la exigencia de justicia social (como vía para la justicia distributiva en una sociedad históricamente desigual), y la defensa de la independencia frente a Estados Unidos. Se argumenta que estos valores, aunque inicialmente prometedores para la protección de los derechos sociales, no se concretaron plenamente en las décadas posteriores.
2.2 Políticas Sociales durante el periodo del PRI Centralización Segmentación y Clientelismo
Se analiza críticamente la implementación de políticas sociales durante el periodo de predominio del PRI. Se describe un sistema de seguridad social que beneficiaba principalmente a los trabajadores asalariados y del Estado, dejando de lado a la población más vulnerable. Se destaca la existencia de un sistema de beneficios (indemnizaciones, jubilaciones, acceso a vivienda y créditos) reservado a grupos vinculados al poder y organizados sindicalmente, perpetuando la estratificación social y el clientelismo político. El gasto social se concibió como parte de un proyecto de desarrollo para promover el mercado interno y legitimar al Estado, manteniendo bajos los salarios y protegiendo a las industrias nacionales. Aunque algunos sectores de la población experimentaron mejoras en sus ingresos y nivel de vida, según Molinar Horcasitas (1991), la desigualdad en la distribución de la riqueza persistió.
2.3 El Modelo Neoliberal y la Disminución del Compromiso Estatal con los Derechos Sociales
Se describe la transición hacia un modelo neoliberal y su impacto en las políticas sociales. Se menciona la centralización de las relaciones políticas y sociales en corporaciones ligadas al PRI y el Estado, donde la representación social se mezclaba con la política. Se critica la segmentación y estratificación de los beneficios sociales, que reforzaban las desigualdades. Se cita a Carmen Pardo (1996), quien argumenta que las políticas estatales carecían de una visión de largo plazo y se caracterizaban por respuestas de coyuntura, resultando ineficaces para solucionar problemas sociales. Se destaca la privatización de las pensiones y la eliminación de la participación de sindicatos en el ISSSTE e IMSS como ejemplos de la reducción del compromiso estatal. La descentralización de la recaudación de impuestos, con la transferencia de recursos a través de subsidios insuficientes, también se presenta como una estrategia para disminuir la responsabilidad social del Estado.
2.4 Ejemplos de Políticas Sociales Ineficaces y sus Consecuencias
Se ofrecen ejemplos concretos de políticas sociales ineficaces, incluyendo el programa Solidaridad, criticado por beneficiar a grupos organizados en lugar de la población más necesitada y por su uso con fines electorales. Se menciona el recorte presupuestal en educación superior (50 mil millones de pesos para todo el sexenio versus 70 mil millones para el rescate bancario en dos años, según Areli Sandoval), y los recortes al Instituto Politécnico Nacional y la Universidad Autónoma Metropolitana. La falta de mecanismos de rendición de cuentas en la aplicación del ramo 26 para la generación de empleos también se señala como un problema. Finalmente, se comparan las tasas de crecimiento demográfico de México y el Mercosur con sus respectivos índices de desarrollo humano, mostrando que México, aunque con un porcentaje de desnutrición bajo (5% vs 18% en Centroamérica), tiene una cantidad mayor en términos absolutos debido a su mayor población (casi 100 millones vs 35 millones en Centroamérica).
III.La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal CDHDF y la Protección de los Derechos Sociales
El documento examina el papel de la CDHDF en la protección de los derechos humanos, incluyendo los derechos sociales, en la Ciudad de México. Se analiza su funcionamiento, procedimientos internos y resultados obtenidos en los últimos nueve años. Se muestra que la CDHDF ha recibido un número significativo de quejas (213,588 personas atendidas, 48,669 quejas presentadas), pero la gran mayoría se centra en los derechos individuales, con una baja incidencia de quejas relacionadas con la violación de derechos sociales. Se critica la limitada efectividad de las recomendaciones emitidas por la CDHDF (100 recomendaciones en 9 años, solo 11 relacionadas con derechos sociales), y se propone dotar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal de mayores facultades para asegurar el cumplimiento de las políticas públicas y la protección de los derechos sociales.
3.1 El Rol de la CDHDF en la Protección de los Derechos Humanos
La sección contextualiza la creación de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) dentro del contexto histórico de la lucha por los derechos humanos en México, particularmente durante las décadas de 1960 y 1970, cuando la represión y la desaparición de opositores al régimen eran comunes. Se destaca el importante papel de las organizaciones civiles en la defensa de los derechos humanos como una reivindicación de la sociedad frente al Estado. Se menciona la creación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos en 1990 como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, aunque con limitaciones en su autonomía y eficacia. Posteriormente, se describe la reforma de 1991 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos aprobada por el Congreso, señalando que esta reforma, influenciada por el predominio del PRI en el Congreso y por el poco conocimiento de los derechos humanos, resultó en limitaciones para la autonomía de la comisión.
3.2 Funcionamiento y Procedimientos de la CDHDF
Se describe el funcionamiento de la CDHDF, incluyendo sus procedimientos internos para la recepción y tramitación de quejas. Se explica que cualquier persona puede denunciar violaciones a los derechos humanos, ya sea directamente o a través de un representante, incluyendo organizaciones no gubernamentales legalmente constituidas (artículo 27 de la Ley de la CDHDF). Se detallan los requisitos para presentar una queja y el procedimiento para solicitar información a las autoridades involucradas, con un plazo de 15 días para la respuesta. Se presentan datos sobre la actividad de la CDHDF en nueve años de gestión: 213,588 personas atendidas y 48,669 quejas presentadas, representando solo un 2.37% de la población total del Distrito Federal (considerando una población de 9 millones). Esto sugiere una falta de confianza de la población en las instituciones públicas, según el texto.
3.3 Análisis de las Quejas y Recomendaciones de la CDHDF
Se analizan las quejas recibidas por la CDHDF en los últimos nueve años, identificando a las instituciones locales con mayor número de quejas: la Procuraduría General de Justicia del D.F., el Gobierno del Distrito Federal (incluyendo la SSP y la Dirección General de Reclusorios), y el Tribunal Superior de Justicia del D.F. Se destaca que la mayoría de las quejas se refieren a la violación de derechos individuales, no a derechos colectivos. Entre los casos más recurrentes se mencionan amenazas y negación de atención médica. Se observa que, de las 100 recomendaciones emitidas hasta enero de 2003, sólo 11 estaban relacionadas con la protección de los derechos sociales, la mayoría por negligencia médica o negativa de servicios de salud; solo una se centraba en el derecho al trabajo, pero desde un punto de vista procesal, no de protección real al derecho. Se argumenta que la escasa cantidad de recomendaciones (sobre todo comparadas con las 48,669 quejas) y su uso arbitrario y político, especialmente en 1998, reflejan una deficiencia en la protección de derechos sociales por parte de la CDHDF.
3.4 Conclusiones y Recomendaciones para Fortalecer la CDHDF
Se concluye que la CDHDF necesita fortalecerse en el combate a la violación de los derechos humanos, especialmente en la protección de los derechos sociales. Dado que las recomendaciones de la CDHDF no son vinculantes, se propone dotar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal de facultades para citar a funcionarios públicos y explicar la implementación de políticas sociales, evaluando su impacto en los derechos sociales de la población. Se enfatiza la importancia de los organismos públicos de derechos humanos en un Estado de Derecho, destacando su rol en generar equilibrios sociales y evitar abusos de autoridad. Se menciona el Artículo 133 Constitucional que reconoce la supremacía de los tratados internacionales, y se recomienda que la CDHDF haga recomendaciones basadas en estos instrumentos internacionales para el respeto a los derechos sociales. Finalmente, se propone la presentación de juicios de amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra decisiones del ejecutivo que disminuyen los presupuestos asignados a la protección de los derechos sociales, reforzando la cultura del respeto a los derechos sociales en los órganos jurisdiccionales.
IV.Obligaciones del Estado Mexicano y la Exigibilidad de los Derechos Sociales
Se enfatiza la obligación ética y jurídica del Estado Mexicano de proteger los derechos sociales, derivada de su adhesión a tratados internacionales como la Carta de las Naciones Unidas y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Se abordan los desafíos para hacer exigibles estos derechos, incluyendo la necesidad de un proceso de justiciabilidad que involucre a la sociedad civil, organismos como la CDHDF, y los órganos jurisdiccionales. Se sugiere el uso del amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para proteger presupuestos destinados a la protección de los derechos sociales contra reducciones arbitrarias. La conclusión enfatiza la necesidad de impulsar reformas para fortalecer la protección de los derechos sociales en México, a través de mecanismos de exigibilidad jurídica y la acción conjunta del Estado y la sociedad civil.
4.1 Obligaciones Éticas y Jurídicas del Estado Mexicano
Esta sección enfatiza la obligación del Estado Mexicano de proteger los derechos sociales, tanto desde una perspectiva ética como jurídica. Se destaca que al formar parte de las Naciones Unidas, el gobierno de México ha adquirido compromisos internacionales. Se cita la Carta de las Naciones Unidas de 1945, la cual impone a los Estados la obligación de promover el respeto universal y efectivo de todos los derechos humanos y de promover el progreso social y elevar el nivel de vida. Esta obligación ética se complementa con la obligación jurídica internacional a través del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que entró en vigor en México el 23 de marzo de 1981. El Estado Mexicano, por lo tanto, tiene una obligación tanto moral como legal en la materia. Se mencionan factores adicionales que limitan la garantía de estos derechos, como los desastres naturales y la persistente pobreza y pobreza extrema, que afecta particularmente a poblaciones indígenas en Chiapas, Guerrero, Veracruz y Oaxaca en acceso a salud, educación, empleo, nutrición y vivienda.
4.2 Mecanismos de Exigibilidad y Justiciabilidad de los Derechos Sociales
Se aborda la problemática de la exigibilidad de los derechos sociales, argumentando que el Estado Mexicano ha dejado de actuar en su protección a pesar de sus obligaciones éticas y jurídicas. Se plantea la necesidad de un proceso de exigibilidad a través de mecanismos sociales, políticos y legales para asegurar el cumplimiento de las obligaciones estatales. Se describe la participación activa de la sociedad civil como fundamental en este proceso. Se define la justiciabilidad como la vía jurídica para la defensa de los derechos violados ante tribunales o comisiones de derechos humanos. Se menciona la exigibilidad política a través de la incidencia en políticas públicas, programas gubernamentales, impulso de leyes o reformas y movilizaciones sociales, aspectos planteados en la Declaración de Quito. Se propone enfocarse en la exigibilidad jurídica a través de las comisiones de derechos humanos para una protección más efectiva, evitando la creación de nuevas instancias como pretexto para la falta de protección.
4.3 Propuestas para una Mayor Protección de los Derechos Sociales
Se proponen diversas medidas para asegurar una mayor protección de los derechos sociales. Se sugiere impulsar reformas en la Asamblea Legislativa para establecer un mínimo en el presupuesto destinado a la protección de estos derechos en el Gobierno del Distrito Federal, con una progresividad en el monto asignado, incluso en caso de crisis económica. Se analiza cómo los derechos sociales fueron, durante mucho tiempo, la base de legitimidad del régimen, pero que esa situación ha cambiado y ahora no son la prioridad del gobierno federal, evidenciado por una disminución constante en la protección de estos derechos. Se insta a la creación de nuevas formas de protección, tanto por parte de Organismos No Gubernamentales como por las propias Comisiones de Derechos Humanos, quienes deben asumir un papel relevante en su defensa. Finalmente, se plantea la necesidad de presentar juicios de amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra decisiones gubernamentales que reduzcan los presupuestos para los derechos sociales, utilizando documentos nacionales e internacionales firmados y ratificados por México, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, para fomentar una cultura de respeto a los derechos sociales en los órganos jurisdiccionales.