Ruptura del principio de confianza legítima de los entes territoriales ante los desastres naturales

Confianza Legítima y Desastres

Información del documento

Autor

Freddy Augusto Sarmiento Osorio

instructor Dr. Juan Carlos Salinas Ricaurte
Escuela

Universidad Católica de Colombia, Facultad de Derecho

Especialidad Derecho
Tipo de documento Trabajo de grado (Monografía)
Idioma Spanish
Formato | PDF
Tamaño 1.09 MB

Resumen

I.El Principio de Confianza Legítima como Protección ante Desastres Naturales en Colombia

Este documento analiza la aplicación del principio de confianza legítima en Colombia, especialmente en situaciones derivadas de desastres naturales. Se explora cómo este principio, junto a la seguridad jurídica y la buena fe, puede proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos afectados cuando el Estado, por omisión o cambios normativos, incumple sus obligaciones de prevención y atención. El estudio se basa en la jurisprudencia colombiana, examinando casos concretos relacionados con diferentes áreas como la salud, la educación, el espacio público y la materia tributaria. Se destacan las vulneraciones de derechos como el derecho a la vida, a la vivienda digna, a la salud y a la educación, causadas por la falta de respuesta efectiva ante las olas invernales y otros eventos catastróficos. Se identifican falencias en la legislación, la coordinación interinstitucional y la aplicación de recursos públicos, dejando a las poblaciones vulnerables expuestas a riesgos y sin la debida protección.

1. El Principio de Confianza Legítima como Instrumento de Protección

El documento inicia estableciendo la necesidad del principio de confianza legítima como herramienta para proteger los derechos de los ciudadanos afectados por desastres naturales en Colombia. Se argumenta que la administración pública, ya sea por omisión o por cambios normativos posteriores a los eventos, puede dejar desprotegidos a los afectados. Se introduce la importancia de la buena fe y la seguridad jurídica como componentes esenciales del principio de confianza legítima, presentándolo como un medio para hacer efectivos otros derechos, especialmente en situaciones de urgencia donde se necesitan soluciones inmediatas. Se anticipa el análisis de la teoría de los derechos adquiridos y las meras expectativas, reconociendo la controversia existente en su aplicación al principio de confianza legítima y cómo la realidad de la aplicación de las normas define si aplica a unas, a otras o a ambas.

2. Antecedentes Jurisprudenciales Internacionales y Nacionales

Se presentan antecedentes jurisprudenciales, comenzando con el caso LemmerzWerkeGmhb vs. Alta Autoridad de la Comunidad Europea del Carbón y el Acero (1965), donde la Corte Europea de Justicia utilizó el principio de confianza legítima (Vertrauensschutz) para proteger a la empresa de las consecuencias de una decisión administrativa revocada. En el ámbito nacional, se analizan sentencias de la Corte Constitucional colombiana que resaltan el principio de buena fe, no solo como protección de normas jurídicas, sino también de las expectativas generadas por la interacción del Estado con los particulares. Se cita a Franz Wieacker: “Las partes no se deben solo a aquello que ellas mismas han estipulado o escuetamente a aquello que determina el texto legal, sino a todo aquello que cada situación impone a buena fe.” Se examina cómo la Corte Constitucional ha aplicado este principio en casos relacionados con la protección del derecho a la salud (en relación con el POS - Plan Obligatorio de Salud), enfatizando la importancia de la continuidad y la integralidad en la atención médica, incluso más allá de lo explícitamente establecido en la ley, siempre que haya una expectativa de protección razonable y se vulneren derechos fundamentales.

3. Aplicación del Principio en Diferentes Áreas del Derecho

El documento explora la aplicación del principio de confianza legítima en diversas áreas del derecho colombiano a partir de casos jurisprudenciales. En materia de educación, se analiza la Sentencia T-494 de 2004, donde se protege a un estudiante de derecho de la Universidad Libre de Cali, cuya práctica jurídica fue negada por el Consejo Superior de la Judicatura debido a la falta de registro de su programa en el SNIES. La Corte, invocando el principio de confianza legítima, reafirma que el estudiante no debía ser penalizado por las omisiones de la universidad. En materia tributaria, se discute la Ley 1340 y su impacto en el principio de confianza legítima, concluyendo que la modificación de beneficios tributarios no viola este principio si no se afecta un derecho adquirido, sino una mera expectativa. En el ámbito del espacio público, se examina la Sentencia C-108 de 2004 y la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito Terrestre), donde se determina que el interés general prevalece sobre las expectativas de los particulares respecto al uso del espacio público para estacionamientos. Se discuten las perspectivas de juristas como Sylvia Calmes y Jorge Bermúdez Soto sobre la protección de la confianza legítima y su rol como contrapeso al poder del Estado. Se define la seguridad jurídica y su estrecha relación con la justicia.

4. El Principio de Confianza Legítima y la Protección de la Vivienda

Se analiza la protección de la vivienda digna, amparada en el artículo 51 de la Constitución colombiana y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el contexto de desastres naturales. Se destaca que la vivienda digna, en casos de vulneración de otros derechos fundamentales como la vida, se convierte en un derecho fundamental por conexidad. Se examinan sentencias de la Corte Constitucional que protegen el derecho a la vivienda digna y otros derechos fundamentales conexos (vida, igualdad), en el contexto de desastres naturales, priorizando la Constitución sobre normas inferiores. Se critica la falta de responsabilidad de los entes territoriales en la prevención y atención de desastres, señalando la insuficiencia de planes efectivos, la falta de coordinación interinstitucional, y la utilización de argumentos presupuestales como excusa para no atender las necesidades de los ciudadanos afectados. La sentencia T-467 de 2011 se analiza como un ejemplo de esta problemática, donde se revisan casos de negligencia municipal en la reubicación de familias en zonas de alto riesgo, incluyendo ejemplos concretos de Ibagué y Popayán. Se destaca la importancia del principio del acto propio y la buena fe, y se critica el hecho de priorizar el lleno de requisitos burocráticos sobre la protección de la vida humana.

5. Integración del Derecho Internacional y Conclusiones

El documento incorpora el derecho internacional en materia de prevención y atención de desastres, utilizando como referencia los estándares de la ONU. Se resalta la preocupación del derecho internacional por la protección de las personas más vulnerables, quienes a menudo tienen menos oportunidades de participar en la planificación de la prevención y atención de desastres. Se analiza la sentencia que involucra a comunidades indígenas, su derecho a la propiedad privada y a la reubicación, en el marco del Convenio 169 de la OIT (1989). Se discute la procedibilidad de la acción de tutela para proteger derechos fundamentales, incluso cuando se involucran derechos colectivos conexos a la vida. Se critica la falta de sanciones para los entes territoriales que incumplen sus obligaciones en materia de prevención y atención de desastres, creando inseguridad jurídica, y afectando la confianza legítima y la buena fe. Se analiza la negligencia del municipio de Chía en relación a la construcción de la Universidad de la Sabana en una zona de riesgo, y la responsabilidad municipal en la expedición de licencias de construcción en zonas de alto riesgo, incluso con la existencia del Decreto 1469 de 2010 que lo prohíbe. Se concluye enfatizando la necesidad de una legislación más robusta y la importancia de la prevención para proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos afectados por desastres naturales.

II.Jurisprudencia relevante Casos sobre el Principio de Confianza Legítima

El análisis examina sentencias de la Corte Constitucional de Colombia que ilustran la aplicación del principio de confianza legítima en diferentes contextos. Se mencionan casos como LemmerzWerkeGmhb vs. Alta Autoridad de la Comunidad Europea del Carbón y el Acero (Corte Europea de Justicia), donde se reconoce la protección de la confianza ante decisiones administrativas revocadas. En Colombia, se examinan sentencias relacionadas con la negación de servicios de salud (incluyendo el caso de la cirugía de bypass gástrico), la invalidación de estudios universitarios por falta de registro de la universidad (Universidad Libre de Cali), la eliminación de beneficios tributarios (Ley 1340), y la regulación del espacio público para estacionamientos (Ley 769 de 2002). Se analizan también fallos relacionados con la reubicación de familias afectadas por desastres naturales en zonas de alto riesgo, con especial atención a las comunidades indígenas y la vulneración de sus derechos fundamentales. Se observa recurrentemente la falta de atención y prevención por parte de entidades municipales y departamentales, mostrando la necesidad de una mayor eficacia y eficiencia en la gestión de desastres.

1. Jurisprudencia Europea Caso LemmerzWerkeGmhb

El documento inicia su análisis de jurisprudencia con el caso LemmerzWerkeGmhb contra la Alta Autoridad de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (Caso 111-63 de 13 de julio de 1965). Este caso, resuelto por el Tribunal de Justicia Europeo, es crucial porque ilustra la aplicación del principio de confianza legítima en el contexto europeo. LemmerzWerkeGmhb, una empresa de fundición, impugnó una decisión que revocaba una exención financiera previamente otorgada. Si bien la Corte encontró falencias en los argumentos de LemmerzWerkeGmhb, reconoció la aplicación del principio de confianza legítima, reconociendo que la empresa había confiado en la legalidad de la decisión anterior. La sentencia del Tribunal Europeo de Justicia destaca la importancia de proteger la confianza legítima del ciudadano ante decisiones administrativas, especialmente cuando existe una aparente legalidad continuada en el tiempo y la administración no ha emitido normas contrarias. La frase clave en la sentencia es “la demandante pudo confiar en la legalidad y la continuidad de la exención controvertida. Al divulgar error sustancial de la decisión con la valoración de los hechos, el solicitante podría reclamar protección (Vertrauensschutz)”.

2. Jurisprudencia Colombiana Derecho al Voto y Buena Fe

El análisis continúa con la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana. Si bien se menciona el derecho al voto como derecho fundamental (artículo 316), el enfoque se centra en el principio de buena fe. La Corte lo destaca no solo como protección de normas jurídicas existentes, sino también de las expectativas que el Estado genera al interactuar con los particulares. Se cita al jurista alemán Franz Wieacker para sustentar esta idea: “Las partes no se deben solo a aquello que ellas mismas han estipulado o escuetamente a aquello que determina el texto legal, sino a todo aquello que cada situación impone a buena fe”. La Corte Constitucional enfatiza que este principio promueve una conducta recta y justa en la administración pública y que su objetivo es la protección del derecho sustancial, incluso si se requieren ajustes interpretativos para no desatender las normas existentes. La discusión se conecta con la necesidad de protección de derechos en situaciones urgentes y la importancia de la buena fe en el trato entre el estado y el ciudadano.

3. Casos Colombianos Salud Educación y Materia Tributaria

La sección se centra en sentencias de la Corte Constitucional colombiana relacionadas con el principio de confianza legítima en diversos ámbitos. En el área de la salud, se examina un caso donde la negación de una cirugía de bypass gástrico, a pesar de su prescripción médica, fue revisada bajo el principio de confianza legítima, asegurando la protección de los derechos a la vida y la salud. La Corte Constitucional definió los requisitos para acceder a la acción de tutela por negación de servicios de salud, y se menciona la posibilidad de excepciones cuando la vida está en peligro y no se cuenta con recursos económicos. Se analiza también la sentencia T-494 de 2004, donde un estudiante de derecho se vio afectado por la falta de registro de su universidad (Universidad Libre de Cali) en el SNIES, generando la negación de su práctica jurídica. La Corte, apelando al principio de confianza legítima, revocó la decisión, protegiendo el derecho a la educación del estudiante. En materia tributaria, la Corte analizó la Ley 1340 que eliminó un beneficio tributario, determinando que no se quebrantaba el principio de confianza legítima por tratarse de meras expectativas y no de derechos adquiridos. Se enfatiza la diferencia entre la solicitud de un beneficio y su concesión efectiva, bajo el cumplimiento de los requisitos legales.

4. Jurisprudencia sobre Espacio Público y Vivienda Digna

Se analiza la Sentencia C-108 de 2004, relacionada con la regulación del espacio público para estacionamientos (Ley 769 de 2002). Se argumenta que la restricción en el uso del espacio público no viola el principio de confianza legítima, ya que el espacio público no puede ser adquirido como propiedad privada y no genera expectativas de estabilidad para adjudicación de derechos. Se pondera el interés general frente a los derechos subjetivos. Se hace una extensa revisión de la jurisprudencia relacionada con el derecho a la vivienda digna, su naturaleza fundamental (conexión con el derecho a la vida), y su protección en el contexto de desastres naturales. Se analiza la sentencia T-467 de 2011 que revisa varios casos a nivel nacional con la misma temática: la vulneración del derecho a la vivienda digna y derechos fundamentales conexos (vida e igualdad) en zonas de alto riesgo. Se examinan las respuestas de municipios (Ibagué y Popayán) y departamentos frente a las solicitudes de reubicación de familias en riesgo, sus argumentos de competencia y la insuficiencia de soluciones ante el peligro inminente. Se destaca la obligación de las autoridades de clasificar las zonas de alto riesgo (Ley 2 de 1991) y proveer soluciones de reubicación, y la importancia de priorizar los derechos fundamentales sobre los aspectos meramente procedimentales.

5. Casos de Desastres Naturales y la Acción de Tutela

Se analizan casos donde la acción de tutela fue utilizada para proteger derechos fundamentales vulnerados por desastres naturales y las omisiones estatales. Se discute la competencia del juez de tutela en casos de desastres, y la insuficiencia de respuestas administrativas usando excusas presupuestales. La Corte Constitucional enfatiza la obligación de los entes territoriales de actuar ante los desastres, incluso si se requiere superar las dificultades presupuestales. Se destaca la importancia de los planes de contingencia en materia de prevención y atención de desastres (Decreto 919 de 1989), así como la necesidad de un sistema integrado de información. La jurisprudencia analiza la situación de comunidades indígenas, su especial protección constitucional (artículos 13, 58 y 63) y la obligación estatal de reubicación (Convenio 169 de la OIT). Se examinan casos donde se niegan solicitudes de reubicación argumentando falta de cumplimiento de requisitos, o problemas de competencia entre entidades. La Corte reiteradamente prioriza los derechos fundamentales frente a las excusas procedimentales o presupuestales. Se analiza un caso específico donde una comunidad indígena se vio afectada por una obra pública (construcción de una bocatoma), enfatizando el quebrantamiento de la confianza legítima por la inacción estatal.

III.Análisis de la Jurisprudencia y Limitaciones del Principio de Confianza Legítima

El estudio profundiza en el análisis de la jurisprudencia, mostrando cómo la Corte Constitucional ha interpretado y aplicado el principio de confianza legítima. Se destaca que este principio no es absoluto, y que su aplicación está limitada por el interés general. La Corte enfatiza la necesidad de un análisis caso por caso, considerando la ponderación de derechos y la razonabilidad de las actuaciones estatales. Se discuten los conceptos de derechos adquiridos y meras expectativas, y su relevancia en la aplicación del principio. Se observa cómo la falta de planificación, la insuficiencia de recursos y la deficiente coordinación interinstitucional contribuyen a quebrantar la confianza legítima de los ciudadanos, generando inseguridad jurídica y afectando la buena fe de la administración. Se analizan las responsabilidades de los municipios, departamentos y el Estado en la prevención y atención de desastres, resaltando la necesidad de un enfoque integral que proteja los derechos fundamentales de las poblaciones más vulnerables.

1. Derechos Adquiridos vs. Meras Expectativas

Un punto crucial del análisis es la distinción entre derechos adquiridos y meras expectativas en la aplicación del principio de confianza legítima. El documento destaca la gran controversia que existe en la jurisprudencia sobre la aplicación del principio en cada caso. La decisión de aplicar el principio a unos u otros genera interpretaciones diferentes, y la realidad de la aplicación de las normas juega un rol fundamental para determinar si se configura un derecho adquirido o una mera expectativa, o incluso si ambas situaciones coexisten. Se argumenta que esta ambigüedad es un obstáculo para la correcta aplicación del principio de confianza legítima y genera inseguridad jurídica para los ciudadanos.

2. Limitaciones del Principio El Interés General

Se analiza la principal limitación del principio de confianza legítima: el interés general. El documento enfatiza que Colombia es un Estado Social de Derecho, donde la prosperidad general debe primar sobre intereses particulares. Sin embargo, se aclara que el interés general no es absoluto; la Corte Constitucional establece que se debe realizar una ponderación cuidadosa de los derechos involucrados en cada caso, empleando los criterios de proporcionalidad y razonabilidad. Se resalta la necesidad de un análisis exhaustivo de las circunstancias específicas para determinar si la aplicación del principio de confianza legítima es pertinente, teniendo en cuenta que este principio no puede utilizarse de manera autónoma para desconocer la jerarquía normativa, especialmente frente a derechos constitucionales y humanos. Se subraya que la ponderación entre el interés general y los derechos individuales es crucial en la interpretación de la jurisprudencia relacionada con la confianza legítima.

3. Seguridad Jurídica y Buena Fe como Presupuestos

La seguridad jurídica y la buena fe se presentan como presupuestos fundamentales para la aplicación del principio de confianza legítima. Se argumenta que la falta de estabilidad normativa y la incertidumbre jurídica generan desconfianza en el administrado, rompiendo la buena fe. La seguridad jurídica, definida por la jurisprudencia como la certeza sobre el ordenamiento jurídico aplicable y la protección de los intereses legalmente tutelados, se presenta como elemento fundamental para generar una expectativa razonablemente fundada en la actuación del poder público. La Corte Constitucional ha expresado que la seguridad jurídica no es un principio invocable de forma autónoma, sino que se predica de algo, y requiere de una situación fáctica o jurídica concreta, de la mano de otro derecho vulnerado. Las modificaciones abruptas de las normas o garantías estatales que causan un gravamen sobre otros derechos, son ejemplos claros del quebrantamiento de la seguridad jurídica y la buena fe, afectando la confianza legítima del administrado.

4. Análisis de Casos Jurisprudenciales Varias Jurisdicciones

El análisis de la jurisprudencia se centra en casos concretos donde se evidencia la aplicación (o la falta de aplicación) del principio de confianza legítima. Se mencionan sentencias de diferentes juzgados a nivel nacional que demuestran una variabilidad en la aplicación y comprensión del principio. Se resalta la importancia de la acción de tutela como mecanismo de protección de derechos fundamentales y conexos, en especial en situaciones de desastre natural. Se analizan fallos donde el cumplimiento estricto de formalismos procesales obstaculizó la protección de derechos sustanciales, mostrando cómo la interpretación literal de la norma, sin considerar la situación fáctica y las circunstancias del caso, puede generar indefensión. La jurisprudencia revisada demuestra que la desatención de principios como la buena fe y la seguridad jurídica en la administración pública llevan a la vulneración de derechos sustanciales. La Corte Constitucional ha enfatizado que la acción de tutela puede ser procedente incluso en controversias de naturaleza contractual cuando se ven comprometidos principios superiores y se demuestra indefensión o subordinación.

5. Jurisprudencia y el Rol de las Autoridades

Se analizan las responsabilidades y las actuaciones de los entes territoriales (municipios y departamentos) en la gestión de desastres naturales. Se critica la frecuente evasión de responsabilidad, utilizando subterfugios como la falta de presupuesto o la reestructuración de pasivos para no atender las necesidades de la población afectada. Se destaca la necesidad de una adecuada planificación territorial, la identificación de zonas de alto riesgo y la implementación de medidas preventivas. Se muestra cómo la falta de coordinación interinstitucional y la ausencia de un sistema integrado de comunicación obstaculizan la respuesta efectiva ante los desastres. La jurisprudencia estudiada enfatiza la obligación del Estado de proteger los derechos de los ciudadanos, más aún en los casos de vulnerabilidad manifiesta. Se pone énfasis en que la libre valoración administrativa no puede servir de excusa para dejar desprotegidos derechos fundamentales. Finalmente, se concluye que la falta de atención a las necesidades básicas de la población y el incumplimiento de las obligaciones estatales genera un quebrantamiento de la confianza legítima de la ciudadanía.

IV.Soluciones Legales para Mejorar la Prevención y Atención de Desastres Naturales en Colombia

El documento propone soluciones para mejorar la legislación en materia de prevención y atención de desastres naturales en Colombia. Se destaca la necesidad de sanciones para los entes territoriales que incumplen sus obligaciones, mejorando la eficiencia y eficacia en el manejo de los recursos públicos destinados a la prevención y atención. Se hace énfasis en la importancia de una planificación urbana adecuada que contemple las zonas de riesgo, con especial atención a la emisión de licencias de construcción en áreas de peligro. La integración de estándares internacionales en la gestión de desastres, el fortalecimiento de los sistemas de información y la mejora de la coordinación interinstitucional son puntos clave para mejorar la respuesta del Estado ante eventos catastróficos y la protección de los derechos fundamentales de la población. El objetivo es generar mayor seguridad jurídica y fortalecer la buena fe de la administración, generando así una mayor confianza legítima en las instituciones.

1. Necesidad de un Marco Legal más Robusto

El documento destaca la necesidad de fortalecer el marco legal para la prevención y atención de desastres naturales en Colombia. Se argumenta que la legislación actual presenta deficiencias que dejan a la población vulnerable sin la protección adecuada. La revisión de la jurisprudencia muestra una falta de claridad y consistencia en la aplicación de las normas, especialmente en relación al principio de confianza legítima. Se identifica la necesidad de mayor claridad en la legislación para definir responsabilidades, establecer mecanismos de coordinación interinstitucional eficientes y garantizar la protección efectiva de los derechos fundamentales de las personas afectadas por desastres. La imprecisión legal y la inconsistencia en su aplicación generan inseguridad jurídica y desconfianza en las instituciones.

2. Importancia de la Prevención y el Ordenamiento Territorial

Se enfatiza la importancia de la prevención como estrategia fundamental para reducir el impacto de los desastres naturales. El análisis de la jurisprudencia revela la constante omisión estatal en la prevención, particularmente en la identificación y delimitación de zonas de alto riesgo. Se menciona el Decreto 1469 de 2010 que regula las licencias urbanísticas, indicando la prohibición de construcción en zonas de alto riesgo no mitigable. Sin embargo, el documento señala que la normativa no siempre se cumple, y que muchas construcciones se realizan sin licencia o en áreas de riesgo, generando inseguridad jurídica. Se destaca la necesidad de una mayor eficacia en la aplicación del POT (Plan de Ordenamiento Territorial) para la correcta delimitación de zonas de riesgo y la prevención de nuevas construcciones en áreas peligrosas. Se requiere una mayor integración entre las normas de ordenamiento territorial y las de atención y prevención en desastres, para evitar la exposición de vidas y derechos fundamentales.

3. Establecimiento de Sanciones y Mecanismos de Control

Se propone la incorporación de sanciones en la legislación para los entes territoriales que incumplen sus obligaciones en materia de prevención y atención de desastres. La falta de sanciones genera impunidad y una débil respuesta ante las necesidades de la población. El documento muestra ejemplos de casos donde la negligencia e incluso la corrupción han llevado a la pérdida de recursos públicos destinados a programas de vivienda, dejando sin soluciones a familias afectadas. La falta de sanciones, además de su impacto social, genera desconfianza en las instituciones. Se menciona información de Noticias Caracol sobre la pérdida de más de 40 mil millones de pesos en un proyecto de vivienda. Se plantea que si bien el principio de confianza legítima no aborda directamente temas económicos, la falta de transparencia y el desvío de recursos públicos afectan la buena fe y la seguridad jurídica, y minan la confianza de la ciudadanía en el Estado.

4. Integración de Estándares Internacionales

El documento sugiere la integración de estándares internacionales en materia de prevención y atención de desastres en la legislación colombiana. Se señala que, independientemente de su carácter vinculante, estos estándares pueden servir como referencia para mejorar la legislación nacional, tomando como ejemplo las prácticas internacionales de la ONU. La jurisprudencia muestra una preocupacion por la protección de las poblaciones más vulnerables, que son las que tienen menos oportunidades de participación en la planificación de las acciones preventivas y de respuesta. El derecho internacional centra su atención en la prevención y la atención de desastres, clasificando los campos de acción y reacción. Se destaca que para mejorar el manejo de la situación, se necesita una mejora en la coordinación interinstitucional y la aplicación de un sistema integrado de información.

5. Conclusión Fortaleciendo la Confianza y la Seguridad

El documento concluye enfatizando la necesidad de implementar las soluciones propuestas para mejorar la respuesta estatal ante los desastres naturales en Colombia. La meta es fortalecer la confianza legítima de los ciudadanos en las instituciones, mediante la creación de un marco legal robusto, eficiente y efectivo que garantice la protección de los derechos fundamentales de la población. Se resalta que el objetivo no es solo la indemnización de daños, sino la prevención efectiva de desastres y la creación de mecanismos de respuesta rápida y eficiente, basados en la buena fe y la seguridad jurídica. Se expresa la esperanza de que, ante futuros eventos de gran magnitud como el fenómeno de La Niña, la nueva legislación sea más eficaz en el cumplimiento de las obligaciones estatales y en la protección de la población. Se destaca la necesidad de una mayor conciencia social y jurídica en los niveles territoriales para evitar mayores adversidades.